El TSJC rebaja la sentencia de Ignacio Castillo por el desfalco del Recinto Ferial

El TSJC considera que al acusado le fueron denegadas, sin motivación alguna, pruebas propuestas por su defensa

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Recinto Ferial de Santa Cruz de Tenerife. / Archivo Europa Press Tenerife
Recinto Ferial de Santa Cruz de Tenerife. / Archivo Europa Press Tenerife

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rebajado a dos años la condena impuesta al exjefe de administración de la Institución Ferial de Tenerife, Ignacio Castillo, quien fue hallado culpable en un juicio con jurado de falsedad documental y malversación de caudales públicos.

La sentencia original de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife, de cinco años, consideró probado que Castillo se quedó con 145.304,69 euros mientras estuvo al frente de la contabilidad de esta empresa pública del Cabildo de Tenerife entre 2005 y 2016, año en el que se jubiló, pero la Sala de lo Penal del TSJC ha rebajado la suma malversada a 20.436 euros, ya que no se tuvieron en cuenta dos auditorías externas.

Nueva condena

Así, la condena original -cinco años de prisión, once de inhabilitación y 145.304 euros de indeminización (más intereses)- se queda tras este recurso de apelación en dos años de cárcel, seis de inhabilitación y 13.895 euros de indemnización, ya que una parte de la suma ya la había reintegrado.

En la primera sentencia, el excontable fue condenado por quedarse con 124.508 euros en efectivo de la caja del Recinto Ferial, que contabilizó como pagarés pendientes de cobro y vales no justificados, con otros 11.222 euros que intentó ocultar con asientos ficticios y con otros 9.219 euros de la caja que nunca justificó ni devolvió.

Pruebas denegadas

El TSJC admite parcialmente el recurso del excontable en cuanto a los primeros 124.508 euros debido a que al acusado le fueron denegadas, sin motivación alguna, pruebas propuestas por su defensa. Entre ellas, dos auditorías externas anuales realizadas durante el tiempo en que desarrollaba sus funciones en el recinto.

"Tales medios de prueba eran pertinentes y útiles" y se denegaron sin motivación, lo que generó indefensión en el acusado, según entiende el TSJC, puesto que la Audiencia dio por hecho que se había apropiado de un saldo que luego apareció reflejado en unos pagarés y vales.

Cantidad malversada

En este sentido, la Sala anula uno de los hechos irregulares calificados como malversación en la sentencia original y señala que la cantidad total malversada queda en 20.436 euros.

Por ello, al ser la malversación inferior a 50.000 euros, la sala aplica al excontable la pena mínima de dos años de prisión y seis de inhabilitación, al considerar como atenuante la reparación relevante de una parte del daño, en concreto el reintegro de 6.051 euros, realizado antes incluso de la apertura de la investigación penal, por lo que la indemnización pendiente queda en 13.985,07 euros. 

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