En los próximos días, el Boletín Oficial de Canarias (BOC) publicará la nueva ley que impulsa la agilización de las licencias urbanísticas. La norma, que ha sido duramente criticada, nació bajo la premisa de acelerar la tramitación de las licencias necesarias para la construcción de viviendas, pero el texto final se ha configurado como una ley ómnibus que modifica hasta 11 leyes y un reglamento autonómico.
¿Qué va a cambiar con esta ley? Todo radica en el trabajo de los ayuntamientos a la hora de tramitar un proyecto urbanístico. A partir de ahora, los informes técnicos que sirven de base para conceder una licencia urbanística, necesaria para ejecutar cualquier proyecto sujeto a este régimen, ya no tendrán que ser elaborados exclusivamente por los servicios técnicos municipales.
Un nuevo modelo para tramitar las licencias
Hasta ahora, cuando un promotor solicitaba una licencia de obra, el ayuntamiento debía elaborar varios informes internos. Uno de los principales era el informe técnico municipal, redactado por arquitectos o ingenieros municipales, que verificaban cuestiones como si el proyecto cumplía el planeamiento urbanístico, respetaba las ordenanzas, se ajustaba a la edificabilidad permitida o cumplía la normativa aplicable. Sobre la base de ese informe, el alcalde o el órgano competente concedía o denegaba la licencia.
Con la entrada en vigor de la ley, esos informes también podrán ser emitidos por colegios profesionales, medios propios de otras administraciones y, sobre todo, por las nuevas entidades urbanísticas de colaboración, empresas privadas acreditadas para desempeñar esa función.
Informes privados con efectos en el expediente
Además, la norma permite que sea el propio promotor quien aporte, junto con la solicitud de licencia, un informe elaborado por una de estas entidades. Si el documento acredita que el proyecto cumple los requisitos urbanísticos analizados, sustituirá al informe técnico municipal respecto de esas cuestiones, sin necesidad de que el ayuntamiento lo ratifique.
Esta medida ha sido uno de los aspectos más controvertidos de la ley. PSOE y Nueva Canarias rechazaron la externalización de unos informes que, hasta ahora, eran elaborados por técnicos públicos, mientras que los sindicatos también han mostrado su oposición. Comisiones Obreras ha anunciado que estudia recurrir la norma ante los tribunales al considerar que supone "un paso decisivo en la privatización de funciones públicas esenciales para el control del territorio y del uso del suelo".
La decisión final sigue siendo municipal
No obstante, la competencia para conceder o denegar la licencia seguirá correspondiendo exclusivamente a la Administración municipal. El Consejo Consultivo de Canarias, que analizó el texto durante su tramitación, consideró que la externalización de estos informes debe abordarse con cautela, aunque concluyó que no aprecia inconveniente jurídico en encomendar estas facultades técnicas a entidades colaboradoras ni entiende que la medida sea contraria al interés público.
Aunque la decisión final permanece en manos de los ayuntamientos, la ley traslada parte de la comprobación técnica a entidades privadas acreditadas. Para ello establece un régimen de acreditación, supervisión y responsabilidad que obliga a estas entidades a disponer de personal cualificado, seguros de responsabilidad civil y la acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
Más cambios en materia de vivienda
Junto a esta reforma del procedimiento de licencias, la ley incorpora diversas medidas destinadas a incrementar la oferta de vivienda. Entre ellas, regula por primera vez la figura de la vivienda asequible incentivada, facilita la transformación de determinados suelos terciarios en residenciales, permite ejecutar de forma anticipada suelos destinados a vivienda protegida y amplía el plazo para rehabilitar promociones inacabadas.
Asimismo, adapta la normativa canaria para la declaración de zonas de mercado residencial tensionado y modifica distintas leyes relacionadas con la vivienda, el urbanismo, las cooperativas y el uso turístico de inmuebles.
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