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Declaración de la Renta en Canarias 20252026 / PEXELS

Guía de la Renta 2025/2026 en Canarias: calendario, tramos y las 29 deducciones autonómicas

Descubre cómo aplicar las 29 deducciones vigentes si has residido 183 días en las islas. Repasamos las fechas clave y los límites de ingresos

Los contribuyentes residentes en Canarias disponen de uno de los sistemas de deducciones autonómicas más amplios del territorio nacional. Sin embargo, una parte significativa de estos beneficios fiscales continúa infrautilizada por falta de información clara y estructurada.

Para poder aplicar estas deducciones es necesario haber tenido residencia fiscal en Canarias durante al menos 183 días en 2025, ejercicio correspondiente a la campaña de la renta 2026.

La campaña de la Agencia Tributaria se desarrollará entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026.

Novedades de la renta en Canarias

Base imponible (€) Tipo autonómico (%)
Hasta 13.465 9%
13.465 – 19.070 11%
19.070 – 35.200 13%
35.200 – 60.000 18,5%
60.000 – 121.200 23,5%
Más de 121.200 26%

La campaña incorpora varios cambios relevantes:

  • Desaparece la deducción por alza de precios aplicada en ejercicios anteriores
  • Se consolidan las deducciones vinculadas a vivienda, familia y educación
  • Se mantiene la exigencia de justificar los gastos mediante medios electrónicos
  • Se refuerzan los incentivos vinculados al alquiler y a la rehabilitación de viviendas

Escala autonómica del IRPF en Canarias

Las deducciones autonómicas se aplican sobre la cuota íntegra autonómica del impuesto, lo que permite reducir directamente el importe final a pagar.

Deducciones por vivienda en Canarias

Alquiler de vivienda habitual

  • Qué es: deducción por alquiler de la vivienda habitual
  • Cuánto puedes deducir: 24% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 740 euros (760 euros para menores de 40 años o mayores de 75)
  • Límite de ingresos: ingresos inferiores a 45.500 euros en tributación individual o 60.500 euros en conjunta
  • Requisitos: el alquiler debe superar el 10% de la base imponible y corresponder a la vivienda habitual
  • Documentación: contrato de arrendamiento, NIF del arrendador y referencia catastral

Inversión en vivienda habitual

  • Qué es: deducción por compra o rehabilitación de vivienda habitual
  • Cuánto puedes deducir: entre el 3,5% y el 5% (hasta el 5,5% en determinados supuestos como jóvenes)
  • Base máxima: 6.000 euros
  • Requisitos: aplicable a adquisiciones con derecho a deducción estatal previa a 2013 y obligación de residir en la vivienda durante al menos tres años

Rehabilitación energética

  • Qué es: obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de la vivienda
  • Cuánto puedes deducir: 12%
  • Base máxima: 7.000 euros
  • Requisitos: certificado energético antes y después de la obra y pago por medios electrónicos

Adecuación de vivienda por discapacidad

  • Qué es: obras de adaptación de la vivienda por razones de accesibilidad
  • Cuánto puedes deducir: 14%, que puede alcanzar el 18% en mayores de 65 años
  • Base máxima: 15.000 euros
  • Requisitos: discapacidad igual o superior al 65%

Gastos para destinar vivienda al alquiler

  • Qué es: gastos necesarios para poner una vivienda en arrendamiento
  • Cuánto puedes deducir: 10%
  • Límite: 150 euros

Seguro de impago de alquiler

  • Qué es: primas de seguros que cubren el impago del arrendatario
  • Cuánto puedes deducir: 75%
  • Límite: 150 euros

Puesta de viviendas en el mercado del alquiler

  • Qué es: incentivo para propietarios que incorporan viviendas vacías al mercado
  • Cuánto puedes deducir: 1.000 euros
  • Requisitos: contrato de alquiler con duración mínima de tres años

Deducciones para familias

Nacimiento o adopción de hijos

  • Qué es: deducción por nacimiento o adopción
  • Cuánto puedes deducir: entre 265 y 928 euros según el número de hijos, con incrementos en caso de discapacidad
  • Límite de ingresos: ingresos inferiores a 45.500 euros en tributación individual o 60.500 euros en conjunta

Gastos de guardería

  • Qué es: deducción por gastos de custodia de menores
  • Cuánto puedes deducir: 18% con un máximo de 530 euros
  • Límite de ingresos: ingresos inferiores a 45.500 euros en tributación individual o 60.500 euros en conjunta
  • Requisitos: hijos menores de tres años

Familia numerosa

  • Qué es: deducción por pertenecer a familia numerosa
  • Cuánto puedes deducir: entre 597 y 1.459 euros en función de la categoría y situaciones de discapacidad
  • Requisitos: disponer de título oficial

Familia monoparental

  • Qué es: deducción para unidades familiares monoparentales
  • Cuánto puedes deducir: 133 euros
  • Límite de ingresos: ingresos inferiores a 45.500 euros en tributación individual o 60.500 euros en conjunta

Acogimiento de menores

  • Qué es: deducción por acogimiento familiar
  • Cuánto puedes deducir: 330 euros
  • Requisitos: convivencia efectiva durante el ejercicio

Empleados del hogar

  • Qué es: deducción por cuotas de la Seguridad Social
  • Cuánto puedes deducir: 20%
  • Límite: 500 euros

Deducciones por educación

Estudios superiores

  • Qué es: gastos de estudios universitarios o formación superior
  • Cuánto puedes deducir: hasta 1.800 euros si se realizan fuera de la isla o 900 euros dentro de ella
  • Límite de ingresos: ingresos inferiores a 45.500 euros en tributación individual o 60.500 euros en conjunta
  • Requisitos: contribuyentes con hijos menores de 25 años y dependencia económica

Estudios no superiores

  • Qué es: gastos de educación obligatoria
  • Cuánto puedes deducir: 133 euros por el primer descendiente y 66 euros adicionales por cada uno de los restantes
  • Límite de ingresos: ingresos inferiores a 45.500 euros en tributación individual o 60.500 euros en conjunta
  • Incluye: libros, transporte, comedor y material escolar

Deducciones de salud y situación personal

Gastos médicos

  • Qué es: deducción por gastos sanitarios
  • Cuánto puedes deducir: 12%
  • Límite: 500 euros en individual y 700 euros en conjunta
  • Límite de ingresos: ingresos inferiores a 45.500 euros en tributación individual o 60.500 euros en conjunta
  • Incluye: consultas médicas, tratamientos, servicios dentales, gafas y gastos de embarazo

Discapacidad y mayores de 65 años

  • Qué es: deducciones personales
  • Cuánto puedes deducir: 400 euros por discapacidad y 160 euros para mayores de 65 años

Familiares dependientes

  • Qué es: deducción por cuidado de ascendientes o descendientes dependientes
  • Cuánto puedes deducir: 600 euros, con incremento del 20% por gastos de cuidador (máximo 500 euros)

Situación de desempleo

  • Qué es: deducción para contribuyentes en paro
  • Cuánto puedes deducir: 120 euros
  • Requisitos: haber estado desempleado más de seis meses

Deducciones por donaciones e inversión

Donaciones con finalidad ecológica

  • Qué es: aportaciones a entidades de protección ambiental
  • Cuánto puedes deducir: 10%
  • Límite: 150 euros

Conservación del patrimonio histórico

  • Qué es: donaciones destinadas a la rehabilitación del patrimonio
  • Cuánto puedes deducir: 20%
  • Límite: 150 euros

Actividades culturales, deportivas o de investigación

  • Qué es: donaciones a proyectos culturales o científicos
  • Cuánto puedes deducir: 15%
  • Base máxima: hasta 50.000 euros

Donaciones a entidades sin ánimo de lucro

  • Qué es: donaciones a ONG
  • Cuánto puedes deducir: 20% sobre los primeros 150 euros y entre el 15% y el 17,5% sobre el resto

Inversión en nuevas empresas

  • Qué es: inversión en entidades de reciente creación
  • Cuánto puedes deducir: entre el 20% y el 30% con límites entre 4.000 y 6.000 euros

Otras deducciones autonómicas

Traslado de residencia entre islas por trabajo

  • Qué es: cambio de residencia por motivos laborales
  • Cuánto puedes deducir: 300 euros durante dos ejercicios
  • Límite de ingresos: ingresos inferiores a 45.500 euros en tributación individual o 60.500 euros en conjunta

Requisitos generales para aplicar las deducciones

Para poder beneficiarse de estas deducciones es imprescindible cumplir una serie de condiciones comunes:

  • Los pagos deben realizarse mediante medios electrónicos (tarjeta, transferencia o cheque nominativo)
  • Es obligatorio disponer de factura o justificante
  • Debe incluirse el NIF del profesional o entidad
  • No se pueden aplicar dos deducciones sobre el mismo gasto
  • Es necesario respetar los límites de ingresos establecidos