Muchos pensionistas en Canarias podrían estar recibiendo una pensión inferior a la que les corresponde sin saberlo. El sistema público contempla un complemento para alcanzar la pensión mínima, una ayuda económica destinada a quienes perciben prestaciones contributivas que no llegan a las cuantías fijadas cada año por la ley.
Este complemento lo gestiona el Seguridad Social y puede suponer entre 100 y 300 euros adicionales al mes, dependiendo de la situación personal y familiar del beneficiario.
Muchos pensionistas lo desconocen
Según advierte el experto financiero Juan Ignacio Díez, muchas personas con pensiones bajas no solicitan este complemento porque desconocen que existe o creen que se concede automáticamente. Sin embargo, en muchos casos es necesario solicitarlo o revisar si se cumplen los requisitos para recibirlo.
Además, existe una limitación importante: la Seguridad Social solo paga tres meses con carácter retroactivo. Esto significa que si una persona tarda más tiempo en pedirlo, perderá el dinero correspondiente a los meses anteriores.
Qué es el complemento a mínimos
El llamado complemento a mínimos es una cantidad adicional que eleva determinadas pensiones contributivas —como las de jubilación, viudedad o incapacidad permanente— hasta la cuantía mínima legal establecida cada año.
La cantidad final depende de varios factores, principalmente de la situación familiar del pensionista.
Pensionistas con cónyuge a cargo
El grupo con el mínimo más alto corresponde a quienes viven con su pareja y esta depende económicamente de su pensión. En estos casos, la cuantía mínima anual ronda 17.592 euros, lo que equivale aproximadamente a 1.256 euros mensuales en 14 pagas.
Por ejemplo, un jubilado que reciba 900 euros al mes podría tener derecho a un complemento de más de 350 euros mensuales para alcanzar ese mínimo.
@juandiez72 ⚠️ PENSIONISTA: puedes estar perdiendo 100, 200 o hasta 300€ al mes y no lo sabes. Se llama Complemento a Mínimos y NO se concede automáticamente en muchos casos. 💶 En 2026 existen 3 grupos: 1️⃣ Si tu pareja depende solo de tu pensión 👉 El mínimo es 1.256€ al mes 2️⃣ Si vives solo 👉 El mínimo es 936€ al mes 3️⃣ Si estás casado pero tu pareja tiene su propia pensión 👉 El mínimo es 888€ al mes 📌 Si cobras menos que eso, pueden tener que pagarte la diferencia. Pero cuidado: ❌ Si superas los límites de ingresos, lo pierdes. ❌ Si no vives en España, lo pierdes. ❌ Si no avisas en 30 días cuando cambia tu situación, te pueden reclamar el dinero. Muchos no lo pierden por fraude. Lo pierden por desconocimiento. 💬 Si cobras una pensión baja, revisa esto YA. 📲 Compártelo con esa persona que siempre dice “a mí nadie me explica nada”. Información orientativa, sin carácter legal ni contractual. #Pension #Jubilacion #Ayudas #SeguridadSocial #Incapacidad ♬ sonido original - Juan Ignacio
Pensionistas que viven solos
Las personas que viven solas —como solteros, viudos o divorciados— tienen fijado un umbral mínimo inferior. En este caso, la pensión mínima anual supera los 13.000 euros, lo que equivale a unos 936 euros al mes en 14 pagas.
Si un pensionista cobra, por ejemplo, 720 euros mensuales, podría recibir un complemento cercano a 216 euros cada mes.
Pensionistas con pareja que tiene ingresos
El tercer grupo lo forman quienes conviven con su pareja, pero esta dispone de su propia pensión o ingresos. Al existir dos fuentes de renta en el hogar, el mínimo exigido es menor. En 2026 se sitúa en torno a 12.441 euros al año, aproximadamente 888 euros mensuales en 14 pagas.
En ese caso, un pensionista que cobre 780 euros al mes podría percibir unos 108 euros adicionales.
Límites de ingresos
Para acceder a esta ayuda no basta con tener una pensión baja. La Seguridad Social también revisa los ingresos adicionales del pensionista, excluyendo la propia pensión. Los límites actuales son:
- Hasta 9.442 euros al año en otros ingresos si no hay cónyuge a cargo.
- Hasta 11.013 euros anuales si existe cónyuge dependiente.
En este cálculo se incluyen rentas como alquileres, intereses bancarios, depósitos, ganancias por la venta de bienes o rendimientos financieros.
Requisitos y obligaciones
Otro requisito fundamental es residir en España. Si el pensionista permanece más de 90 días al año fuera del país, puede perder el derecho al complemento, salvo en situaciones justificadas por motivos de salud. Además, cualquier cambio en la situación familiar o económica debe comunicarse a la Seguridad Social en un plazo máximo de 30 días.
El trámite puede realizarse de varias formas:
- A través de la sede electrónica de la Seguridad Social.
- Mediante certificado digital o sistema Cl@ve.
- De forma presencial en las oficinas del organismo.
Dado que solo se reconocen tres meses de atrasos, los especialistas recomiendan comprobar cuanto antes si se cumplen los requisitos, ya que retrasar la solicitud puede suponer perder parte de la ayuda económica.
