Endesa recibió una multa de seis millones por denegar el servicio a un edificio de Adeje

La Dirección General de Energía sancionó a la energética tras una reclamación de la empresa Parque Galeón Investments, aunque el pleito ya se encuentra en los juzgados

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Oficinas de Endesa./ EP
Oficinas de Endesa./ EP

La empresa Edistribución Redes Digitales, marca de Endesa, recibió una multa de 6 millones de euros por denegar la conexión de un edificio de viviendas en el municipio de Adeje. La Dirección General de Energía sancionó a la energética tras una reclamación de la entidad afectada Parque Galeón Investments, S.L, aunque la orden de la consejería se encuentra actualmente en pleno proceso judicial. 

Una resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial de Canarias informa de la remisión a la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, de Santa Cruz de Tenerife, de los expedientes administrativos de dos sanciones relativas a incidencias en el suministros por parte de Endesa con un edificio situado en el municipio tinerfeño de Adeje

Falta de calidad

La resolución indica que el 20 de noviembre resolvió una reclamación por parte de Parque Galeón Investments por la falta de calidad de servicio relativa a la solicitud de un punto de conexión para el suministro eléctrico de un edificio de viviendas. 

El documento no indica cuál fue la decisión de esa resolución, pero sí indica que se presentó un recurso de alzada por parte de la empresa, que fue desestimado en una nueva resolución del pasado 22 de noviembre. Esta resolución, que no es pública, fue remitida también a la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, de Las Palmas de Gran Canaria. La información de la remisión de este documento se hizo público el pasado 21 de febrero. 

Dos sanciones

Poco después, el pasado 17 marzo, se resolvió el procedimiento sancionador por parte de la consejería de Transición Ecológica que dictaba sancionar a Edistribución Redes Digitales por una infracción administrativa. La multa asciende a 600.001 euros por el retraso injustificado en el comienzo de la prestación del servicio a nuevos usuarios, es decir, por incumplir el artículo 65.19 de la Ley del Sector Eléctrico. 

Un día después, una nueva orden dictaminaba otra sanción aún mayor por una segunda infracción que asciende a 6.000.001 euros. En este caso la multa se produce por el incumplimiento del artículo 64.26 de la citada ley, es decir por la “denegación o alteración injustificadas del permiso de conexión a un punto de la red”. 

Ambas multas se centran en la falta de calidad de servicio que en un primer momento indicó la consejería. La empresa que presentó la reclamación es Parque Galeón Investments, que está inscrita dentro de la actividad de "otros servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones". 

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