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Un avión de Iberia Express./ CEDIDA

Paga 8 euros por un billete a Canarias y le saca a Iberia una indemnización de 643 por overbooking

Iberia ha tardado casi tres años en darle la indemnización a este pasajero a pesar de estar obligada por normativa europea

Iberia ha tenido que abonar 643,80 euros de indemnización a un pasajero tras el retraso de su vuelo a Canarias y la posterior denegación de embarque por overbooking.

El afectado, Juan Carmelo, había adquirido un billete con Iberia para volar de Madrid a Gran Canaria el 13 de septiembre de 2022, pagando tan solo 8 euros. Se trataba de un billete reservado para personas con diversidad funcional, debido a su discapacidad.

Retraso inesperado y cambio de puerta

El día del viaje, ya en el aeropuerto y en la cola de embarque, la compañía informó de que su vuelo cambiaría de puerta y se retrasaría hasta las 23:23 horas.

Pero la situación se complicó aún más cuando, tras la espera, Iberia le denegó el embarque, alegando que no quedaban asientos disponibles. Esto contravenía el Reglamento Europeo, que protege los derechos de las personas con movilidad reducida en el transporte aéreo.

Gastos adicionales por la negativa de Iberia

Ante esta situación, Juan Carmelo se vio obligado a comprar un nuevo billete para viajar al día siguiente por 50,38 euros, además de pagar alojamiento en Madrid, desayuno y traslados desde el aeropuerto de Barajas hasta el hotel.

Iberia no solo no le ofreció la asistencia obligatoria según la normativa europea, sino que tampoco le reembolsó estos gastos, que ascendieron a 212,35 euros. Además, tuvo que abonar un día extra de aparcamiento en el aeropuerto de Gran Canaria.

Compensación tras una larga espera

Según el Reglamento Europeo 261/2004, en casos de cancelación, gran retraso o denegación de embarque, las aerolíneas deben compensar a los pasajeros. En este caso, Iberia debía abonarle 400 euros de indemnización.

Tras una reclamación presentada por Facua, la aerolínea informó a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) de que procedería a pagar la indemnización y los gastos de asistencia. En total, 643,80 euros.

Retraso en el pago y falta de sanciones

A pesar de reconocer la deuda en julio de 2024, Iberia no efectuó el pago hasta febrero de 2025, casi siete meses después.

AESA, aunque confirmó que la aerolínea no cumplió con sus obligaciones, optó por no sancionar a Iberia. Este tipo de decisiones, apunta Facua, pueden favorecer que las compañías incumplan los derechos de los pasajeros, al existir un bajo riesgo de sanciones.