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Tribunal Superior de Justicia de Canarias. /TSJC

La Justicia da por cerrado otro recurso sobre el macroproyecto de viviendas, colegios y centro comercial de El Hornillo

El TSJC declara “sin objeto” el recurso del Ayuntamiento y la Junta de Compensación tras las sentencias que ya anularon expropiaciones y actas clave del proyecto urbanístico

La larga batalla judicial que rodea al desarrollo urbanístico de El Hornillo, en San Bartolomé de Tirajana, suma un nuevo episodio. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado la pérdida sobrevenida de objeto del recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento y la Junta de Compensación del sector 20-A contra las medidas cautelares que paralizaron parcialmente la ejecución del proyecto.  

La resolución, fechada el pasado 20 de mayo, supone en la práctica que el tribunal considera innecesario seguir tramitando ese recurso porque las cuestiones que originaron el conflicto judicial ya habían quedado resueltas por otras sentencias posteriores.  

El caso gira alrededor de la urbanización de El Hornillo 2C/2/3-A, uno de los desarrollos urbanísticos más relevantes pendientes en el sur de Gran Canaria y que contempla la construcción de viviendas, equipamientos educativos y un gran centro comercial en una zona estratégica de Maspalomas.

La medida cautelar

El procedimiento arrancó después de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Las Palmas acordara en junio de 2025 suspender cautelarmente parte de la ejecución urbanística respecto a la finca 9684, propiedad de los recurrentes, ordenando además la anotación preventiva del litigio en el Registro de la Propiedad.  

Aquella decisión judicial afectaba directamente al acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno Local de San Bartolomé de Tirajana el 19 de diciembre de 2024, mediante el que el Ayuntamiento trató de reactivar la iniciativa urbanística del sector.  

El consistorio y la Junta de Compensación recurrieron posteriormente esa suspensión cautelar al considerar que no concurrían los requisitos legales necesarios para paralizar el procedimiento.  

Las sentencias previas

Sin embargo, durante la tramitación del recurso se produjo un hecho determinante: distintas resoluciones judiciales fueron anulando piezas clave del entramado urbanístico y expropiatorio sobre el que se sustentaba la operación.  

Entre esas resoluciones figura la nulidad de la aprobación definitiva de la iniciativa urbanística aprobada en 2019, posteriormente ratificada por el propio TSJC y cuya firmeza quedó confirmada tras las actuaciones del Tribunal Supremo.  

También quedaron anulados acuerdos relacionados con la revisión del proyecto de expropiación y, especialmente, el acta de ocupación y pago vinculada a la finca 9684, uno de los puntos más sensibles del conflicto.  

Pese a ello, el Ayuntamiento había tratado de mantener vigentes determinadas actas y dar continuidad al procedimiento urbanístico retrotrayendo el expediente al momento previo a la aprobación definitiva de la iniciativa.  

El argumento del TSJC

La Sala entiende ahora que el recurso de apelación perdió sentido porque precisamente el perjuicio que justificó la medida cautelar —la conservación de actas derivadas de procedimientos ya anulados— desapareció tras las nuevas sentencias.  

El TSJC recuerda además que la figura de la “pérdida sobrevenida de objeto” se aplica cuando hechos posteriores privan al litigio de utilidad real y hacen innecesaria una resolución sobre el fondo.  

En consecuencia, el tribunal acuerda no entrar a analizar si la suspensión cautelar fue correcta o no y declara terminado el recurso presentado tanto por el Ayuntamiento como por la Junta de Compensación.  

Un proyecto bajo presión judicial

La sentencia añade más incertidumbre jurídica a un desarrollo urbanístico que acumula años de litigios y recursos cruzados entre propietarios, Junta de Compensación y administración municipal.

El acuerdo municipal de diciembre de 2024 buscaba precisamente reconstruir el procedimiento tras las anulaciones previas, manteniendo la iniciativa urbanística nacida en 2017 y reabriendo trámites de información pública, reparcelación, urbanización y adhesión de propietarios.  

La propia resolución detallaba la intención del Ayuntamiento de continuar adelante con la tramitación conjunta del proyecto de urbanización, la reparcelación y el sistema de ejecución privada por compensación.  

Ahora, el nuevo fallo del TSJC vuelve a evidenciar las dificultades jurídicas que rodean a uno de los desarrollos urbanísticos más complejos y controvertidos del sur de Gran Canaria.

La sentencia no es firme y todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.