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Imagen de la urbanización Monte Carrera / MONTE CARRERA

La Justicia rechaza legalizar 37 viviendas construidas sin licencia en los sótanos de Mogán

El TSJC desestima el recurso de la promotora de Monte Carrera, en Arguineguín, y confirma la orden de restablecimiento de la legalidad urbanística, aunque la sentencia aún puede recurrirse

La batalla judicial por las 37 viviendas y tres locales construidos sin licencia en la urbanización Monte Carrera, en Arguineguín (Mogán) suma un nuevo revés para la empresa promotora. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por Carrera Ground Floor contra la sentencia que había respaldado la actuación municipal para restablecer la legalidad urbanística.

La resolución confirma el criterio adoptado anteriormente por un juzgado y mantiene la validez de la orden municipal relativa a las obras ejecutadas sin autorización en la planta inferior del complejo residencial.

La empresa deberá asumir las costas procesales, con un límite de 5.000 euros, según la sentencia conocida esta semana y adelantada por Canarias Ahora.

El fallo todavía no es firme, puesto que la promotora dispone de la posibilidad de acudir en casación al Tribunal Supremo.

De sótanos a viviendas

El origen del conflicto se remonta a la construcción de la urbanización Monte Carrera.

El proyecto autorizado contemplaba 131 viviendas y una altura máxima de dos plantas. Sin embargo, el edificio llegó a presentar una tercera altura que no estaba permitida por la normativa urbanística aplicable.

La solución adoptada entonces consistió en cerrar mediante muros perimetrales la planta inferior para que tuviera la consideración de sótano o zona destinada a almacenamiento y no de una planta residencial adicional.

Años después, la promotora intervino sobre esos espacios para transformarlos en viviendas y locales comerciales.

El conflicto salió a la luz en 2020, cuando una denuncia vecinal motivó la actuación de la Policía Local de Mogán. Los agentes comprobaron que se estaban realizando obras sin la licencia correspondiente, con actuaciones sobre los cerramientos de la planta inferior.

El Ayuntamiento abrió un expediente de disciplina urbanística en 2021 y dictó una orden para restablecer la legalidad. La resolución adquirió firmeza administrativa en enero de 2022, aunque posteriormente fue recurrida ante los tribunales.

La postura de la empresa

Carrera Ground Floor defendía que las actuaciones eran anteriores a los plazos que permitirían perseguir la infracción urbanística y que, por tanto, las obras estaban prescritas.

También sostenía que la edificación debía quedar amparada por una situación de fuera de ordenación, argumento con el que pretendía impedir la actuación municipal sobre los espacios transformados.

Para respaldar su posición, la promotora aportó documentación técnica sobre la antigüedad y el estado constructivo de las dependencias.

Sin embargo, tanto la sentencia dictada en primera instancia como la nueva resolución del TSJC rechazan esos argumentos.

La Sala considera que la transformación posterior de los sótanos volvió a situar la edificación fuera de los límites urbanísticos autorizados. También cuestiona que los documentos presentados por la promotora acreditaran suficientemente el uso residencial y la legalidad de las obras.

El plan de regularización

El conflicto ha tenido también una vertiente política y urbanística.

Paralelamente a los procedimientos judiciales, se planteó una alternativa para regularizar las viviendas a través de un Programa de Actuación sobre el Medio Urbano (PAMU) en la zona de Loma II.

La propuesta preveía la cesión al Ayuntamiento de unos 625 metros cuadrados para zonas verdes a cambio de incrementar la edificabilidad del complejo en 3.120 metros cuadrados.

Ese aumento permitiría, según el planteamiento de la promotora, intentar encajar urbanísticamente los espacios convertidos en viviendas.

No obstante, la iniciativa encontró la oposición de residentes de la urbanización y de Nueva Canarias, que cuestionaron tanto la operación como la titularidad de parte de los terrenos ofrecidos.

La tramitación de ese instrumento urbanístico quedó paralizada tras el pronunciamiento judicial de primera instancia.

¿Qué ocurrirá ahora?

La nueva sentencia del TSJC refuerza la posición jurídica de la orden municipal de restablecimiento de la legalidad, pero no implica que las 37 viviendas vayan a ser demolidas de manera inmediata.

La resolución todavía admite recurso ante el Tribunal Supremo y habrá que determinar las actuaciones administrativas y judiciales posteriores.

El caso vuelve a situar en el centro del debate la regularización de obras ejecutadas sin licencia y los límites que tiene el planeamiento urbanístico para incorporar edificaciones que no se ajustaban a las condiciones autorizadas.

Por ahora, la promotora ha sufrido un segundo pronunciamiento judicial desfavorable y continúa sin lograr la legalización de las 37 viviendas y los tres locales de Monte Carrera.

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