El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Canarias ha anulado la adjudicación del contrato para la conservación y mantenimiento del alumbrado público del municipio de La Laguna, tras detectar irregularidades en el procedimiento. El contrato se adjudicó por 18,7 millones de euros el pasado 29 de abril a la UTE IMESAPI–EMELSA, pero ahora deberá ser excluida por existir un conflicto de intereses que el Ayuntamiento de La Laguna omitió, según el tribunal.
La empresa Effico, que resultó ser la segunda con mejor nota en la licitación, presentó un recurso debido a que la jefa de Servicio del Área de Medio Ambiente y Servicios Municipales del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, que tramitaba el contrato, era a la vez secretaria del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales (Coiitf), al que se había encomendado la valoración de las ofertas, y tenía un vínculo matrimonial con el representante de una de las empresas presentadas a la licitación, que posteriormente resultó ser adjudicataria. Hay que tener en cuenta que la denuncia presentada por Effico se hizo antes de la valoración de las propuestas presentadas por las empresas.
Omisión del parentesto
La resolución del tribunal recoge que en otras ocasiones la jefa del servicio se había abstenido en otras licitaciones a las que se había presentado esta empresa. "Lejos de poner fin a dicha situación improcedente de conflicto de intereses, el Ayuntamiento optó por encomendar la valoración al Colegio de Ingenieros, pese a la concurrencia de manifiesta causa objetiva de conflicto, y optó por dar por buena la valoración que dicho Colegio efectuó", recoge la resolución.
En este sentido, el tribunal recuerda que "ante situaciones de potencial conflicto de intereses, los poderes adjudicadores están obligados a adoptar cuantas medidas sean necesarias para evitar que uno de los licitadores pueda colocarse en una situación privilegiada con respecto al resto, por los vínculos familiares, de amistad o económico-financieros que puedan mantener con los empleados públicos que participen o puedan influir directa o indirectamente en alguna de las fases del proceso licitatorio".
Por ello considera que "existía un evidente riesgo de conflicto de intereses entre la funcionaria pública" y "una de las operadoras económicas que concurrieron a la licitación". Pero pese a ello el ayuntamiento encomendó al Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Santa Cruz de Tenerife, la asistencia para la elaboración del informe de evaluación de las memorias técnicas "a pesar de que era un hecho público, notorio y fácilmente comprobable que la antedicha funcionaria desempeñaba igualmente y a título particular el cargo de Secretaria de la Junta de Gobierno del citado colegio profesional".
Balanza a su favor
Pero es que además del parentesco, lo que detectaron es que el informe elaborado y remitido por el Coiift al Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna y el evacuado por los técnicos del Área de Medio Ambiente y Servicios Municipales coincidían "casi en su totalidad, no sólo en las puntuaciones que se proponen otorgar a las licitadoras, sino en las consideraciones que se realizan con respecto a las distintas memorias técnicas presentadas por las mismas, siendo además dicha evaluación, como alega la mercantil recurrente, la que ha resultado decisiva matemáticamente", argumenta el tribunal.
Por ello, tras constatar que la adjudicación "arroja una sombra de duda más que razonable sobre la imparcialidad de la evaluación de las ofertas de las licitadoras", el tribunal ha concluido en la "exclusión de la entidad licitadora que haya podido verse favorecida por aquella".
