La Laguna ha autorizado la ampliación excepcional del horario de cierre de bares, restaurantes y locales de ocio en varias fechas señaladas entre finales de 2026 y enero de 2027. La medida, recogida en una resolución de la Gerencia Municipal de Urbanismo publicada en su web el 27 de octubre, establece horarios distintos según la actividad autorizada de cada establecimiento.
El calendario incluye seis celebraciones: el encendido navideño, el 20 de noviembre; la Noche en Blanco, el 28 de noviembre; la víspera del Día de la Constitución, el 5 de diciembre; Nochebuena, el 24 de diciembre; Fin de Año, el 31 de diciembre, y la víspera del Día de Reyes, el 5 de enero de 2027.
Horarios para la Noche en Blanco y otras fechas
En el encendido navideño, la Noche en Blanco, la víspera del Día de la Constitución y la víspera de Reyes, los horarios máximos de cierre serán los siguientes:
- Restaurantes y bares sin actividad musical podrán cerrar a las 3:30 horas
- Restaurantes y bares musicales podrán cerrar a las 5:00 horas.
- Discotecas, salas de baile y salas de fiesta con espectáculo hasta las 7:30 horas.
- Salas de concierto hasta las 6:30 horas.
Así, por ejemplo, los locales que tengan licencia de bar o restaurante sin actividad musical podrán cerrar hasta las 3:30 horas durante la Noche en Blanco del 28 de noviembre. Los horarios más tardíos se reservan para discotecas, salas de baile y salas de fiesta con espectáculo, que podrán permanecer abiertas hasta las 7:30 horas en esas fechas.

Horarios especiales en Nochebuena y Fin de Año
Urbanismo fija una ampliación mayor para las noches del 24 y el 31 de diciembre. En Nochebuena y Fin de Año, los restaurantes y bares sin actividad musical podrán cerrar hasta las 4:30 horas; los establecimientos de restauración y bar con actividad musical, hasta las 6:00 horas.
Las discotecas, salas de baile y salas de fiesta con espectáculo podrán hacerlo hasta las 8:30 horas, mientras que el límite para las salas de concierto será las 7:30 horas.
La ampliación depende de la licencia del local
La resolución se aplica a establecimientos que cuenten con licencia municipal de apertura o título habilitante para ejercer las actividades incluidas en el anuncio: restaurantes y bares sin actividad musical, restaurantes musicales y bares musicales, discotecas, salas de baile, salas de concierto y salas de fiesta con espectáculo.
La ampliación horaria no autoriza a celebrar espectáculos o actividades distintos de los permitidos por la licencia, ni a abrir establecimientos diferentes. Tampoco modifica las condiciones autorizadas para cada local, como la superficie, el aforo o las medidas contra incendios.
Una vez alcanzada la hora máxima de cierre, los establecimientos dispondrán de un periodo de hasta 30 minutos para desalojar a la clientela. Al finalizar ese plazo deberán cerrar al público.
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