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Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria del anterior mandato, con Augusto Hidalgo de alcalde, contra cuyos altos cargos iba dirigida la querella. / AH

Archivada la querella del excoordinador de Hacienda contra los servicios jurídicos municipales

El juez rechaza investigar a un concejal y cuatro altos cargos de la época de Augusto Hidalgo, al tiempo que avala el expediente abierto por Recursos Humanos y la Asesoría Jurídica contra el querellante por darle la compatibilidad a dos letrados

La querella presentada por Balmaseda contra los máximos responsables de Recursos Humanos y de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria carece de "indicios mínimos de delito".

El Juzgado de Instrucción número 1 de la capital grancanaria, tras analizar los hechos denunciados por el excoordinador municipal de Economía y Hacienda, archiva las actuaciones y rechaza practicar las diligencias de investigación solicitadas por Antonio Ramón Balmaseda, funcionario de carrera que ha desempeñado diferentes jefaturas en el Ayuntamiento, entre ellas Hacienda, Tributos o la propia Asesoría Jurídica.

Origen

Balmaseda se querelló por prevaricación administrativa contra un concejal y cuatro altos cargos vinculados al anterior gobierno de Augusto Hidalgo: el edil de Recursos Humanos, Mario Regidor; la directora de la Asesoría Jurídica, Felicitas Benítez; la directora de Recursos Humanos, Mercedes Cejudo; el jefe de Inspección de Servicios, Julio Juan Rodríguez, y el responsable de Recursos Humanos, Sebastián Sánchez.

Todos fueron cesados en agosto de 2023 por el gobierno de la nueva alcaldesa, Carolina Darias, con el argumento de impulsar esas y otras áreas clave para la gestión municipal.

Expediente

Entendía Balmaseda que los querellados rescataron un asunto de 2016 para denunciarlo en Fiscalía seis años después y abrirle un expediente disciplinario, con la finalidad de perjudicar su imagen para que no volviera a dirigir la Asesoría Jurídica, pero el magistrado instructor rechaza esas conclusiones al no apreciar nada anómalo en la actuación municipal.

"Los motivos por los que se incoó el expediente pueden o no ser compartidos, pero no parecen injustificados, absurdos o arbitrarios", recoge el auto de sobreseimiento dictado por Alberto Puebla.

Las razones esgrimidas por la Asesoría Jurídica para promover la apertura del expediente, añade el magistrado instructor, "no parece que sean descabelladas, irrazonables o injustificadas", sin que corresponda a la jurisdicción penal "decidir sobre lo acertado o equivocado de esa decisión", concluye el juez.

Dos abogados

Balmaseda, el 16 de abril de 2016, habilitó a dos letrados para que tuvieran acceso a la plataforma LexNet y pudieran intervenir en los pleitos del Ayuntamiento, pero la Asesoría Jurídica, tras encontrarse con esa resolución en un proceso social, consideró que esa decisión no le correspondía tomarla al jefe del servicio, sino al Pleno municipal.

Ese acuerdo, que no estaba archivado entre la documentación de la Asesoría Jurídica, fue lo que motivó la intervención de Recursos Humanos, así como la apertura del expediente y la presentación de una denuncia en Fiscalía, la cual también se archivó al no ver indicios de delito contra Balmaseda o estar prescritos los hechos.

Compatibilidad

La Asesoría Jurídica obró de esa manera porque la resolución del funcionario equivalía a concederle a los letrados la "compatibilidad" para el ejercicio de sus funciones profesionales, cuando esa facultad está reservada al Pleno.

No se cumplieron, por tanto, los requisitos de competencia, procedimiento y motivación que son exigibles en los actos administrativos, dando un "trato diferente" a dos abogados frente al resto de colegas adscritos al servicio, los cuales estaban en la misma situación administrativa.

Los informes municipales, en definitiva, estaban justificados, sin evidencias de decisiones arbitrarias o motivaciones espurias en la apertura del controvertido expediente.