La Fiscalía Provincial de Las Palmas ha decidido llevar a los tribunales el nombramiento de Carmen Gloria Rodríguez como jefa del Departamento de Recursos Humanos de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, un puesto que ocupa desde 2017. El Ministerio Público aprecia indicios de un posible delito de prevaricación administrativa y ha acordado presentar una denuncia ante la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria para que abra diligencias previas.
El decreto de la Fiscalía, fechado el 16 de septiembre, sitúa en el centro de la investigación a Luis Ibarra, entonces presidente de la Autoridad Portuaria y responsable de la resolución que culminó con el nombramiento. También aparecen como investigados Rodríguez Torres y Salvador Capella, cuya posible participación deberá esclarecerse ahora en sede judicial. La decisión de la Fiscalía no implica que exista una condena ni una declaración de culpabilidad, sino que considera que existen indicios suficientes para trasladar el asunto a un juzgado.
La clave del caso está en cómo se cubrió una de las jefaturas más relevantes de la estructura de la Autoridad Portuaria. La Fiscalía sostiene que el nombramiento se realizó sin el procedimiento selectivo que correspondía y, por tanto, sin permitir que otras personas que reunieran los requisitos pudieran concurrir al puesto.
Una denuncia
Las diligencias de investigación tienen su origen en una denuncia presentada ante la Fiscalía por una persona cuya identidad no es necesario revelar. Según recoge el decreto, durante el proceso electoral para elegir al comité de empresa en 2023, el denunciante tuvo conocimiento de la situación laboral de Rodríguez Torres y comenzó a cuestionar la forma en la que había accedido seis años antes a la jefatura de Recursos Humanos.
La denuncia sostenía que la selección para una jefatura de esas características debía someterse a un procedimiento reglado por Puertos del Estado y respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad. A partir de ahí, la Fiscalía abrió unas diligencias para reconstruir lo sucedido en 2017 y reclamó documentación tanto a la Autoridad Portuaria de Las Palmas como a Puertos del Estado.
La información recabada permitió retroceder hasta enero de aquel año. Rodríguez Torres era entonces empleada pública laboral fija por tiempo indefinido y estaba adscrita a la División de Asesoría Jurídica. Trabajaba en la Autoridad Portuaria desde marzo de 1998 y, según consta en el expediente, disponía de la titulación académica necesaria para desempeñar funciones de un nivel competencial superior.
De provisional a fija
La vacante se produjo tras la jubilación parcial de José Ramón Andonegui, hasta entonces jefe del Departamento de Recursos Humanos. Ante esa situación, se propuso encomendar temporalmente las funciones de la jefatura a Rodríguez Torres por razones organizativas.
El 16 de enero de 2017, Ibarra, como presidente de la Autoridad Portuaria, acordó asignarle la responsabilidad del puesto invocando el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores. Aquella primera decisión tenía, por tanto, el carácter de una movilidad funcional para atender las necesidades del organismo.
La situación cambió unos meses después. El 28 de julio de 2017, el mismo presidente, actuando en virtud de una delegación acordada por el Consejo de Administración, nombró formalmente a Carmen Gloria Rodríguez para la jefatura del Departamento de Recursos Humanos. La designación comenzó a producir efectos el 1 de agosto de aquel año.
La advertencia
Uno de los elementos a los que mayor importancia concede la Fiscalía es lo ocurrido antes de que se formalizara ese nombramiento. El decreto sostiene que la Abogacía del Estado había advertido de la necesidad de cubrir la plaza mediante un procedimiento basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad y a través de una convocatoria pública.
Pese a ello, la jefatura terminó adjudicándose sin ese proceso. La Fiscalía considera que la resolución dictada por Ibarra se apartó de la normativa que entendía aplicable y subraya que existía previamente una indicación jurídica sobre la forma en que debía cubrirse el puesto.
El Ministerio Público recuerda que la normativa portuaria establece que la selección del personal debe ajustarse a sistemas basados en igualdad, mérito y capacidad mediante convocatoria pública. Puertos del Estado tiene además atribuida la elaboración de las directrices y procedimientos destinados a garantizar esos principios, incluidos los requisitos de titulación exigibles al personal excluido de convenio.
Posible prevaricación
La Fiscalía no se limita en su decreto a señalar una eventual irregularidad administrativa. Una parte sustancial del documento está dedicada precisamente a determinar si los hechos pueden superar esa frontera y entrar en el ámbito penal.
El Ministerio Público cita jurisprudencia del Tribunal Supremo para recordar que una resolución ilegal no constituye automáticamente un delito de prevaricación. Para alcanzar relevancia penal debe existir una arbitrariedad cualificada: una decisión que no sea simplemente discutible o incorrecta jurídicamente, sino que presente una contradicción patente con el ordenamiento y produzca un resultado materialmente injusto.
En este caso, la Fiscalía entiende inicialmente que esos requisitos podrían concurrir. Su conclusión es especialmente contundente al analizar el procedimiento seguido: sostiene que se omitieron “todos los trámites” del proceso de selección y que el resultado impidió la libre concurrencia de otras personas que pudieran estar en condiciones de acceder al puesto.
Tres investigados
El decreto sitúa inicialmente a Ibarra como posible autor de la infracción penal por haber firmado la resolución administrativa que materializó el nombramiento cuando presidía la Autoridad Portuaria de Las Palmas.
La Fiscalía solicita asimismo que Carmen Gloria Rodríguez, beneficiaria del nombramiento, y Salvador Capella declaren en calidad de investigados. En el caso de quienes no fueran autores directos de la resolución, el Ministerio Público analiza la figura de la cooperación necesaria y recuerda la jurisprudencia que permite investigar la participación de personas ajenas a la condición especial exigida al autor de un delito de prevaricación cuando su intervención haya resultado necesaria para la adopción de la resolución presuntamente injusta.
Durante las diligencias fiscales ya se tomó declaración a las personas consideradas principales sospechosas. Según el decreto, Ibarra y Rodríguez Torres rechazaron que hubiera existido una conducta delictiva y aludieron, entre otros argumentos, al funcionamiento administrativo de la Autoridad Portuaria, la ausencia de una normativa suficientemente clara y la falta de advertencias por parte de los órganos fiscalizadores.
Contra el reloj
La antigüedad de los hechos introduce además un factor relevante. El nombramiento se produjo en 2017 y se aproxima, por tanto, a los diez años desde su comisión. La propia Fiscalía hace referencia expresa en su decreto al riesgo de prescripción.
Las diligencias fiscales tuvieron que prorrogarse más allá de su plazo ordinario de seis meses. El Ministerio Público explica que fue necesario solicitar autorización a la Fiscalía General del Estado debido a que no se había completado toda la información requerida a la Autoridad Portuaria de Las Palmas y a Puertos del Estado.
La cuestión temporal resulta especialmente importante porque, como reconoce el propio decreto, las diligencias de investigación desarrolladas por el Ministerio Fiscal no interrumpen la prescripción del delito. Ante la proximidad del plazo y considerando que todavía pueden quedar pruebas por practicar, la Fiscalía ha optado por judicializar el procedimiento.
El caso, al juzgado
La resolución del 16 de septiembre acuerda remitir una denuncia a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria. Será ahora un juez quien determine el recorrido del caso y si procede continuar investigando las circunstancias que rodearon el nombramiento.
La Fiscalía propone como primeras diligencias que Luis Ibarra, Salvador Capella y Carmen Gloria Rodríguez declaren como investigados, con la correspondiente información de sus derechos procesales. También solicita escuchar al denunciante como testigo, incorporar toda la documentación reunida durante la investigación fiscal y recabar los certificados de antecedentes penales de los tres investigados.
La tesis que llega al juzgado está delimitada: la Fiscalía considera inicialmente que la jefatura de Recursos Humanos de la Autoridad Portuaria de Las Palmas fue cubierta en 2017 prescindiendo del procedimiento de selección que debía garantizar la convocatoria pública y la igualdad, el mérito y la capacidad. Casi una década después de aquel nombramiento, corresponderá a la Justicia determinar si aquella decisión fue únicamente una cuestión administrativa o si, como sostiene inicialmente el Ministerio Público, existen responsabilidades penales por prevaricación.
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