El modelo del carnaval de la calle en Las Palmas de Gran Canaria queda seriamente tocado tras una sentencia judicial que obliga al Ayuntamiento a replantear su ubicación. El fallo, dictado por la jurisdicción contencioso-administrativa, concluye que la celebración en el entorno del Puerto vulnera derechos fundamentales de los vecinos por el impacto del ruido, y ordena trasladar los actos a un espacio donde no se altere su calidad de vida.
La resolución judicial golpea de lleno la estrategia municipal de recuperar el carnaval abierto, con un recorrido entre el parque de Santa Catalina y la plaza de Manuel Becerra. El dictamen cierra la puerta a mantener eventos multitudinarios en zonas como La Isleta, Belén María o la plaza de La Luz, al considerar incompatible este tipo de celebraciones con áreas residenciales.
600.000 euros en indemnizaciones
Además, el Ayuntamiento se enfrenta a un importante coste económico. El fallo establece indemnizaciones de 2.000 euros por persona y día de celebración del carnaval de 2024, lo que eleva la cuantía global a 600.000 euros, además de los intereses legales correspondientes. La compensación responde a la vulneración de derechos como la intimidad, la salud, la inviolabilidad del domicilio o el descanso.
El magistrado es claro en su argumentación: no resulta viable organizar un evento de gran escala en entornos residenciales, una doctrina que recuerda ya fue fijada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias hace más de dos décadas. En este sentido, advierte de que la administración no puede seguir ignorando un problema de convivencia que ha derivado en múltiples litigios en los últimos años.
No justifica
La sentencia, adelantada por Canarias7, también lanza un mensaje directo al Ayuntamiento: la popularidad del carnaval o su impacto económico no justifican la vulneración de derechos fundamentales. El juez subraya que la toma de decisiones no puede basarse únicamente en el respaldo mayoritario, sino que debe equilibrarse con la protección de las minorías afectadas.
Otro de los aspectos clave del fallo es la crítica a las medidas de control acústico. El tribunal cuestiona la eficacia de los sistemas de limitación de ruido y señala que estos se implantaron tarde y sin garantías suficientes, lo que dejó a los vecinos expuestos a niveles elevados durante días consecutivos. Incluso se recoge el caso de una persona mayor que sufrió un episodio de ansiedad tras la exposición prolongada al ruido.
Actuaciones insuficientes
En esta línea, el juez considera que las actuaciones municipales fueron insuficientes y, en algunos casos, meramente formales. Ni la declaración de interés turístico ni el impacto económico del carnaval pueden prevalecer sobre derechos básicos, recalca la resolución, que insiste en la necesidad de un nuevo planteamiento organizativo.
El fallo, que puede ser recurrido, insta al Ayuntamiento a diseñar un modelo que compatibilice la celebración de la fiesta con el respeto a los vecinos, planteando un interrogante que condicionará el futuro del carnaval capitalino: sí a la fiesta, pero no a cualquier precio ni en cualquier lugar.
