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El recurso de Portela por el Guiniguada sigue abierto: el tribunal sólo rechazó frenar el concurso. En la imagen, recreación del proyecto ganador, 'Awa'. / AH

El recurso de Portela por el Guiniguada sigue abierto: el tribunal sólo rechazó frenar el concurso

El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Canarias concluyó que el interés público en continuar el procedimiento prevalece sobre el interés particular del despacho de arquitectos demandante

El recurso especial de la UTE Portela International Arts & Architects, liderada por el arquitecto Sergio Portela, contra el concurso Paseo Guiniguada de la Cultura y las Artes Canarias sigue en trámite. El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Canarias ha confirmado que su resolución de 15 de julio solo denegó la suspensión cautelar pedida por Portela, sin pronunciarse aún sobre el fondo del recurso.

La impugnación se dirige contra el Decreto 19998/2025, de 29 de mayo, que abrió el Sobre nº 3 del concurso (expediente URB01-24-S), reveló la autoría de las cinco propuestas finalistas y proclamó como ganadora a Battle i Roig Arquitectura con el lema AWA. La propuesta de Portela, bajo el lema Próspero Guiniguada, quedó en última posición con 30,84 puntos, frente a los 93 del equipo vencedor.

Recurso de Portela

Los motivos del recurso de Portela abarcan doce puntos, entre ellos: vulneración de la composición legal del jurado, tras la renuncia de la directora de la Bienal Internacional de Paisaje de Barcelona, que obligó a modificar la integración inicial; falta de motivación y trazabilidad en las valoraciones, alegando que no se han explicado de forma suficiente los criterios aplicados por el jurado; sustitución de un finalista tras una renuncia, cuando —según Portela— las bases no contemplaban suplencias; errores en las valoraciones técnicas, económicas y ambientales, así como en la ponderación de usos y objetivos generales; e incidencias en la exposición pública, al no proyectarse su vídeo durante la presentación ante medios y asociaciones vecinales, lo que considera una vulneración de la igualdad en la difusión.

Argumentos municipales

En su defensa, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria sostiene que todas las actuaciones se ajustaron a la Ley de Contratos del Sector Público y a las bases del concurso, argumentando que la modificación del jurado fue pública, motivada y no recurrida en plazo; las valoraciones del jurado están motivadas en actas e informes publicados en la Plataforma de Contratación; la sustitución del finalista renunciante se basó en una aplicación analógica de la ley y de la Base 15, invitando al siguiente clasificado (la propia UTE de Portela) sin objeciones en su momento; las incidencias con los vídeos fueron resueltas en menos de 24 horas, sin afectar a la exposición en las sedes físicas y telemáticas ni a la votación popular.

Interés público sobre el particular

El Tribunal, al analizar la solicitud de suspensión cautelar, consideró que no se trataba de una adjudicación de contrato sino de la designación del ganador, por lo que no procede la suspensión automática prevista en el artículo 53 de la Ley de Contratos del Sector Público. Además, concluyó que el interés público en continuar el procedimiento prevalece sobre el interés particular de Portela, y que no se acreditaron perjuicios irreparables ni indicios claros de ilegalidad que justificaran detener el proceso.

El concurso avanza hacia la fase de negociación sin publicidad con Battle i Roig para redactar el proyecto, pero el recurso de Portela sigue vivo. Será el propio Tribunal quien decida, en las próximas semanas, si anula o mantiene el decreto que proclamó ganadora a la firma catalana.