El Constitucional completará el amparo a Alberto Rodríguez al anular la retirada de su escaño

El Tribunal Supremo condenó al político a un mes y quince días de prisión, que sustituyó por una multa y una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo de 45 días

AtlanticoHoy / EFE

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El candidato de Sumar al Congreso de los Diputados en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, Alberto Rodríguez./ EFE
El candidato de Sumar al Congreso de los Diputados en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, Alberto Rodríguez./ EFE

El Tribunal Constitucional se dispone esta semana a anular la retirada del escaño al exdirigente de Unidas Podemos Alberto Rodríguez que ejecutó la entonces presidenta del Congreso Meritxell Batet ante su condena por dar una patada a un policía durante una protesta en 2014 en La Laguna (Tenerife).

Fuentes jurídicas han informado a EFE de que el borrador de la magistrada progresista María Luisa Balaguer propone estimar el recurso de Rodríguez contra la decisión que adoptó Batet el 22 de octubre de 2021, que actuó tal como dijo que le requirió el Supremo.

De ser así, como apunta el escenario más previsible, sería el segundo amparo que el Pleno del tribunal de garantías daría al ex diputado, una vez que el pasado día 16 ya anuló su condena de inhabilitación.

Condenado por el TS

El Tribunal Supremo lo condenó a un mes y quince días de prisión, que sustituyó por una multa y una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo de 45 días. Tras ello, Batet le retiró su condición de diputado, un asunto que, como su condena, Alberto Rodríguez recurrió también en amparo.

La primera sentencia corrigió la condena del Supremo al declarar vulnerado el principio de legalidad, por entender que la sanción de multa (como sustitutiva de la pena de prisión) no puede llevar anudada la accesoria de inhabilitación especial.

Y en base a ello Balaguer, en este segundo recurso, planteará dar la razón a Rodríguez porque una vez anulada la pena de prisión, por sustituirse en multa, así como la accesoria de inhabilitación, no es posible aplicar la Ley Orgánica de Régimen Electoral General que provocó la pérdida del escaño, añaden las fuentes.

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