El consejero de Transición Ecológica y Energía del Gobierno de Canarias, Mariano Hernández Zapata. / EFE - MIGUEL BARRETO
El consejero de Transición Ecológica y Energía del Gobierno de Canarias, Mariano Hernández Zapata. / EFE - MIGUEL BARRETO

El Consultivo advierte de que la nueva ley de biodiversidad mantiene problemas ya señalados en 2023

El órgano detecta solapamientos con la Ley del Suelo y reclama mayor precisión en las sanciones, los costes ambientales y las garantías de acceso a inmuebles

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La segunda redacción del Proyecto de Ley de Biodiversidad y de los Recursos Naturales de Canarias ha mejorado considerablemente a su antecesora. El actual texto promovido por el Gobierno de Canarias no incurre en las vulneraciones que se detectaron en el primer borrador, pero sí que tiene una serie de aspectos que no se han corregido, según el dictamen elaborado por el Consejo Consultivo de Canarias. El nuevo dictamen, aprobado el 7 de octubre, advierte de que persisten problemas de coordinación con la Ley del Suelo y deficiencias que afectan directamente a la seguridad jurídica.

El órgano reconoce que la comunidad autónoma tiene competencias para aprobar la norma y considera que el resto del proyecto se ajusta, con carácter general, a la Constitución y al Estatuto de Autonomía. No obstante, reclama cambios en aspectos centrales: desde la definición de las conductas sancionables hasta la regulación de obligaciones económicas, autorizaciones y medidas de protección ambiental.

Una nueva tramitación tras los reparos de 2023

La iniciativa tiene su antecedente en un texto elaborado en 2022 que fue examinado por el Consultivo y que plantó objeciones sobre la articulación de la futura ley con otras normas y las garantías de su regulación. El documento actual explica que la necesidad de responder a esos reparos, junto con otras modificaciones de suficiente entidad, motivó el inicio de un nuevo procedimiento normativo.

El Gobierno acordó reiniciar la tramitación el 13 de abril de 2026, a propuesta de la Consejería de Transición Ecológica y Energía. El Ejecutivo presentó entonces la revisión como una respuesta a las deficiencias de técnica normativa, los posibles solapamientos legales y los riesgos de inseguridad jurídica detectados anteriormente. 

Duplicidades con la Ley del Suelo

Una de las principales críticas se refiere a la coexistencia del proyecto con la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias de 2017. El Consultivo identifica preceptos sobre gestión de espacios naturales, planificación y sanciones que se superponen a los de esa norma, con regulaciones duplicadas y, en ocasiones, contradictorias.

El proyecto prevé que el Gobierno apruebe criterios de coordinación en un plazo de tres años, pero el Consejo considera que esa fórmula no resuelve el problema. Reclama que la propia ley defina las relaciones entre ambos regímenes y establezca reglas claras para evitar un periodo prolongado de incertidumbre sobre qué disposiciones deben aplicarse.

Infracciones demasiado abiertas

El régimen sancionador concentra otra de las objeciones relevantes. El artículo 119 considera infracción, además de las conductas expresamente tipificadas, el incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones contenidas en la ley. El Consultivo advierte de que esa cláusula genérica no describe con suficiente precisión los comportamientos sancionables.

El Consejo pide suprimirla o reformularla y concretar otros tipos infractores redactados mediante expresiones amplias. Recuerda que la ciudadanía debe poder conocer de forma clara y anticipada qué conductas están prohibidas y cuáles son sus consecuencias, conforme a los principios constitucionales de legalidad y tipicidad sancionadora.

Garantías para entrar en inmuebles y exigir pagos

El proyecto permite requerir a propietarios que faciliten el acceso a fincas o inmuebles para comprobar la presencia de especies invasoras y adoptar medidas de control. El dictamen recuerda que algunos de esos inmuebles pueden ser domicilios constitucionalmente protegidos y pide recoger expresamente la necesidad de consentimiento del titular o, cuando proceda, autorización judicial. También reclama concretar las restricciones a la propiedad vinculadas a la protección de árboles y flora singular.

En el ámbito económico, cuestiona que se impongan costes ambientales a las actividades que exploten la biodiversidad, los recursos naturales y el paisaje dejando al Gobierno determinar posteriormente las fórmulas de recaudación. El Consultivo sostiene que los elementos esenciales de esas obligaciones deben quedar definidos en la ley y formula una advertencia similar sobre las tasas por determinados usos del patrimonio natural.

Protección marina sin un régimen transitorio claro

El proyecto concede hasta tres años para aprobar los instrumentos de gestión de las áreas marinas protegidas, pero no determina expresamente qué régimen de protección se aplicará mientras tanto. El Consejo advierte de que esa ausencia puede comprometer la efectividad de la declaración y reclama medidas cautelares, reglas provisionales de uso u otras previsiones que garanticen la conservación desde el primer momento.

También pide precisar los efectos de los catálogos insulares de olas y rompientes. Considera insuficiente establecer que sus determinaciones serán tenidas en cuenta por las administraciones sin aclarar cuánto vinculan ni cómo afectan a la planificación, la evaluación ambiental y las autorizaciones.

Menos decisiones esenciales pendientes de reglamento

Otra preocupación es la amplitud de algunas remisiones a futuros reglamentos. En la prevención de especies invasoras, el Consejo pide que la ley establezca los criterios esenciales para decidir cuándo un movimiento de tierras, arenas o materiales vegetales necesita autorización, comunicación previa o declaración responsable. Asimismo, reclama aclarar quién puede suspender proyectos por presencia de invasoras y mediante qué procedimiento.

El dictamen también cuestiona que la aprobación del Plan de Bioseguridad Regional sea una condición previa para conceder autorizaciones. Advierte de que la falta de ese plan podría bloquear indefinidamente solicitudes que la legislación estatal permite tramitar y recomienda configurarlo como un instrumento de planificación y coordinación.

Cambios respecto al primer texto

El Consultivo reconoce modificaciones respecto a la versión anterior, entre ellas una mejor justificación de las competencias autonómicas y la supresión de determinados bloques y figuras. Sin embargo, reitera observaciones sobre la necesidad de evaluaciones científicas independientes, la claridad de las obligaciones y la articulación con otras normas.

Sus reparos no tienen todos el mismo alcance: junto a cuestiones constitucionales, competenciales y de seguridad jurídica, el documento incluye correcciones formales y recomendaciones de técnica legislativa. La conclusión reconoce la capacidad de Canarias para regular esta materia, pero señala aspectos que deben revisarse para dar certeza al sistema de protección y a las obligaciones que establece.

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