El ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres (c). / EFE - ÁNGEL MEDINA G.
El ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres (c). / EFE - ÁNGEL MEDINA G.

El Gobierno activa la derivación de menores por contingencia migratoria en Canarias, Ceuta y Melilla

Según el artículo 35 modificado de la ley de extranjería, los menores que lleguen en el marco de la contingencia migratoria podrán ser derivados a otras comunidades autónomas en un plazo de 15 días, tras audiencia al menor e informe de fiscalía

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El Gobierno de España ha celebrado la Comisión Interministerial de Inmigración prevista por el decreto ley modificado del artículo 35 de la ley de extranjería, que establece mecanismos para la derivación de menores extranjeros no acompañados cuando una comunidad autónoma o ciudad autónoma supera su capacidad ordinaria, es decir, se encuentra en contingencia migratoria

Así lo ha comunicado el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, a la finalización de la Comisión Interministerial de Inmigración, celebrada este martes 2 de septiembre para acordar las derivaciones, después de que se aprobara el Real Decreto por el Consejo de Ministros. 

"Lo han solicitado, y tienen derecho a ello porque tienen más del triple de su capacidad ordinaria de menores extranjeros no acompañados, la comunidad autónoma de Canarias y la ciudad autónoma de Ceuta y Melilla". Finalmente, Baleares no formará parte de los territorios en contingencia migratoria. 

Plazo de 15 días

La medida se aplica a los tres territorios, que actualmente tienen más del triple de su capacidad habitual de acogida de estos niños. Según el artículo 35 modificado, los menores que lleguen en el marco de la contingencia migratoria podrán ser derivados a otras comunidades autónomas en un plazo de 15 días, tras audiencia al menor e informe de fiscalía.

Asimismo, para los menores que ya se encuentran en estas comunidades o ciudades autónomas, se establece un plazo de un año —desde marzo de 2025 hasta marzo de 2026— para efectuar la derivación.

Con esta medida, el Gobierno asegura el cumplimiento de sus compromisos y de los acuerdos legislativos establecidos por las Cortes Generales.