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Política

Hacienda amplía seis meses el tipo 0 del IGIC para material sanitario contra la COVID-19

El vicepresidente canario y consejero del área, Román Rodríguez, ha señalado en un comunicado que la enfermedad "no ha desparecido y sigue concentrando parte de los esfuerzos del sistema sanitario"

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Román Rodríguez, vicepresidente y consejero de Hacienda del Gobierno de Canarias. / EFE

La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos del Gobierno de Canarias ha impulsado un decreto ley que irá próximamente al Consejo de Gobierno- con diferentes medidas tributarias, entre ellas la prórroga hasta el 30 de junio de 2023 la aplicación del tipo 0 al material sanitario contra la COVID-19, vigente desde abril de 2020.

El vicepresidente canario y consejero del área, Román Rodríguez, ha señalado en un comunicado que la enfermedad "no ha desparecido y sigue concentrando parte de los esfuerzos del sistema sanitario aun cuando las medidas profilácticas se han reducido a la mínima expresión, como la obligatoriedad de mascarillas en el transporte público".

La persistencia de la pandemia, según Rodríguez, aconseja la mayor cautela posible en la celebración de eventos en estos próximos días y meses, como las fiestas de Nochevieja o Carnaval, "en los que se acumula gran cantidad de personas en espacios reducidos”. A este respecto, el decreto señala textualmente que “la evolución del COVID-19 a lo largo del año 2022 no ha seguido una línea clara de estabilización, con la que haya podido presumirse su pronta finalización, al incrementarse los casos en diferentes períodos festivos y vacacionales; ello ha justificado que, por prudencia, se haya mantenido la obligatoriedad del uso de las mascarillas en determinados espacios cerrados”.

Cuarta prórroga

Es precisamente esa evolución la que explica la cuarta prórroga de la aplicación del tipo 0 del IGIC a determinados bienes sanitarios para combatir la pandemia, una medida que se tomó inicialmente en abril de 2020. El decreto-ley también modifica otra norma del mismo rango por el que se adoptaron medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánicen la isla de La Palma, de manera que ahora se incluye la importación de viviendas prefabricadas en el tipo 0 del IGIC.

El beneficiario de la medida deberá ser “una persona física propietaria, usufructuaria o nuda propietaria de una vivienda que se ha perdido, por haber quedado destruida, inhabitable o inaccesible de forma definitiva como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma, cuya existencia y titularidad debe acreditarse por cualquier medio de prueba admitido en derecho”. La norma establece que sólo se podrá aplicar se podrá aplicar el tipo cero a una casa prefabricada por persona física y que ésta deberá sustituir a la vivienda perdida, y ser montada y unida permanentemente al suelo ubicado en la isla de La Palma, antes del 31 de diciembre de 2026.

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