Santa Cruz de Tenerife se encamina a tener, tres años después de la fecha límite establecida, su Zona de Bajas Emisiones (ZBE), en la que se prohibirá el acceso a los hevículos más contaminantes. El Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha aprobado este viernes la ordenanza que regulará la ZBE, que ha salido adelante con los votos a favor del grupo de gobierno (Coalición Canaria y Partido Popular) y del concejal no adscrito Juan Manuel Hermoso y la abstención del PSOE. Vox, por su parte, votó en contra.
La ZBE abarcará el perímetro interior delimitado por el Barranco de Santos, las calles Méndez Núñez y San Isidro, y la avenida de Anaga, quedando fuera de las restricciones las vías que conforman ese límite. Las limitaciones de circulación se aplicarán de lunes a sábado, entre las 7.00 y las 20.00 horas, y afectarán únicamente a los vehículos de gasolina matriculados antes del 1 de enero de 2001 y a los diésel anteriores al 1 de enero de 2006.
Por qué se aprueba
La implantación de la ZBE se hace en base a la Ley 7/2021, de Cambio Climático y Transición Energética, que obliga a establecerla en todos los municipios de más de 50.000 habitantes, así como en aquellos de más de 20.000 habitantes que superen los límites de contaminación establecidos. La normativa fijó el 1 de enero de 2023 como fecha límite para su puesta en marcha pero ninguno de los municipios de Canarias que están obligados la ha implementado todavía.
Desde el consistorio informan, además, que su desarrollo forma parte de un programa financiado con 12 millones de euros procedentes de los fondos europeos Next Generation. El proyecto incluye, además, la adquisición de 11 guaguas eléctricas, la instalación de puntos de recarga, la remodelación de las calles Imeldo Serís y La Rosa, así como actuaciones para mejorar la red de movilidad personal.
El consistorio explica que la iniciativa sale adelante tras el análisis de las 30 alegaciones presentadas por entidades sociales, vecinales, económicas y particulares. De los 85 apartados recogidos en esas alegaciones, el Ayuntamiento incorporó 15, aunque asegura que las modificaciones introducidas son de carácter técnico, aclaratorio y garantista, sin alterar de forma sustancial el contenido inicial de la ordenanza.
Exenciones
La ordenanza contempla, no obstante, un amplio catálogo de exenciones, que podrán tramitarse mediante la inscripción en el Registro Municipal de Vehículos o a través de autorizaciones gratuitas concedidas por el Ayuntamiento.
Entre los vehículos exentos figuran los de residentes en la ZBE, aquellos dados de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, los vinculados a personas con movilidad reducida, el transporte público, los taxis, los servicios de emergencia, seguridad, limpieza y suministros, así como grúas, vehículos de asistencia en carretera y automóviles históricos.
Autorizaciones para colectivos y actividades
La normativa prevé un régimen específico de autorizaciones para determinados colectivos. Entre ellos se encuentran las personas con ingresos inferiores al doble del IPREM que no puedan renovar su vehículo por motivos económicos, así como los cuidadores que deban acceder para atender a personas mayores o dependientes residentes en la zona.
También podrán solicitar autorización las familias numerosas con domicilio en el interior de la ZBE, los propietarios o arrendatarios de plazas de garaje, usuarios de aparcamientos públicos integrados en el sistema de gestión de la zona, empresas y autónomos con actividad en el ámbito afectado y los vehículos destinados a la distribución urbana de mercancías.
Asimismo, se permitirá el acceso a vehículos dedicados al transporte escolar, consultas y tratamientos médicos, centros veterinarios, servicios funerarios, reparto de medicamentos, farmacias de guardia, VTC, autoescuelas con sede en la ZBE y vehículos con matrícula extranjera o diplomática, entre otros supuestos previstos en la ordenanza.
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