El nuevo texto aprobado este lunes 3 de julio por el Consejo de Ministros vuelve al que estuvo vigente, con algunos cambios, durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (2006).
Es decir, la compensación a los autores por la copia de sus obras se volverá a cargar en los equipos, aparatos y soportes digitales (móviles, CD o memorias), y no a los Presupuestos Generales del Estado.
El Gobierno se puso entonces manos a la obra para preparar una norma que sustituyera a la anulada por el Supremo, un nuevo texto que dice que volverá a ser la industria electrónica la que asuma esa compensación.
Para hablar de "canon digital" hay que remontarse a 1987, fecha en la que por primera vez se estableció un sistema para compensar a los autores por la copia de sus obras realizada por particulares, aunque debido a la entrada de la tecnología y nuevos sistemas de reproducción en nuestro país, la norma ha tenido que ir modificándose.
Pero en 2011 la Audiencia Provincial de Barcelona estableció que esta tasa solo debían pagarla las personas físicas, no las jurídicas; y la Audiencia Nacional anuló la orden ministerial que regulaba las cuantías de esta compensación.
Ya en 2016, y como última fecha que propició un cambio radical en esta materia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tumbó el sistema español al estimar que colisionaba con la directiva comunitaria sobre derechos de autor. Una sentencia que avaló mese mas tarde el Supremo.