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Sociedad

Airear las manías y supersticiones de un entrenador de la UD Las Palmas no daña su honor

Juan Manuel Rodríguez, exentrenador del equipo amarillo, denunció a un redactor de 'Marca' por considerar que se había vulnerado su honor, al describir sus manías y supersticiones

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Juan Manuel Rodríguez, exentrenador del filial de la UD Las Palmas

El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Las Palmas de Gran Canaria ha desestimado la demanda que Juan Manuel Rodríguez, exentrenador del filial de la UD Las Palmas, presentó en 2012 contra el redactor de un artículo publicado en el diario Marca por considerar que se había vulnerado su honor, al describir sus manías y supersticiones.

En la sentencia, el juzgado falla que no vulnera el honor del entrenador el hecho de que el diario recogiera en un artículo titulado El diablo se instala en el vestuario del Gran Canarias una serie de "actitudes maniáticas y supersticiones" que él mismo ha reconocido, en unos casos, o que el periodista había contrastado con fuentes directas, en otros.

El artículo

En el escrito en cuestión, se enumeraban algunas manías que habían acompañado a Rodríguez en su trayectoria profesional, entre ellas la de obligar a sus futbolistas a bañarse en una charca al norte de Gran Canaria porque creía que tenía poderes purificadores. Un aspecto que fue tratado durante la vista, celebrada a principios de octubre, y que confirmó el padre de uno de los futbolistas que acudió a declarar como testigo.

Según la demanda de Rodríguez, más allá del "desprestigio" o "deterioro" de su imagen, este artículo expresaba una especial "inquina" por parte del periodista hacia su persona, aludiendo a que el tono del escrito parecía querer "atentar" contra su profesionalidad deportiva y los resultados obtenidos en el club —en el momento en que se publicó el artículo, era entrenador de Las Palmas Atlético, que disputaba la Segunda División B—.

Desestimación

El juez entiende, no obstante, que la declaración del demandante en la vista denotó "el alto grado de indeterminación e imprecisión en cuanto al eventual aquilatamiento de la ponderación de los derechos en juego", puesto que no fue hasta ese día que concretó "de forma precisa" qué afirmaciones afectaron a su honorabilidad.

Además, el fallo del juez José Ramón García Aragón destaca que el periodista demandado se entrevistó con el entrenador antes de redactar el artículo en cuestión y que, además, otro informador —testigo en el juicio— ya había publicado en otras ocasiones informaciones parecidas sin que estas fueran denunciadas. "De esta forma, el actor no ha sabido explicar por qué no se habrían ejercitado acciones contra el testigo si tal y como consta aportado, el mismo habría indagado en este tipo de conductas que atentarían contra su honorabilidad y prestigio profesional", reza la sentencia. Por ello, el juez desestima la demanda del que fuera entrenador del filial de la UD Las Palmas, en una decisión contra la que cabe presentar recurso ante la Audiencia Provincial.