La Audiencia de Las Palmas ha condenado a un año de cárcel al exinterventor del Ayuntamiento de Arrecife (Lanzarote) Carlos Sáenz Melero, como autor de un delito continuado de prevariación administrativa en concurso con otro de fraude, por los hechos que conforman la sexta y última de las piezas de la trama de corrupción conocida como 'caso Montecarlo'.
La Audiencia ha hecho pública este viernes la sentencia de este caso, que se juzgó en octubre de 2025, por la que se absuelve a los otros diez procesados, entre los que figuraban cinco exconcejales de Arrecife, un empresario y varios empleados municipales.
Quinta condena
Durante el juicio, Carlos Sáenz admitió ser autor de las irregularidades que le atribuía el Ministerio Fiscal en su escrito de cargos, aunque "con matizaciones", una confesión que el tribunal le tiene ahora en cuenta para atenuar su condena, junto con las dilaciones que arrastra esta causa, que comenzó a instruirse en 2012.
Esta es la quinta condena que Sáenz recibe por el caso Montecarlo, un sumario de corrupción municipal que, en su caso, detectó ilegalidades en su desempeño como interventor de los ayuntamientos de Arrecife y San Bartolomé, en Lanzarote, y también de La Oliva, en Fuerteventura.
Contratos por más de tres millones
En este caso, la Fiscalía acusaba a los once procesados de haber participado en la adjudicación irregular de contratos por parte del ayuntamiento de Arrecife a la empresa Tunera Producciones por valor de más de tres millones de euros entre los años 2009 y 2012.
La sentencia confirma que hubo adjudicaciones a Tunera que no se amparaban en expediente de contratación alguno y que el interventor del Ayuntamiento, el acusado Carlos Sáenz, autorizó su pago "con pleno conocimiento" de ello e "infringiendo las reglas".
Absuelto el empresario
Sin embargo, el tribunal estima que no se ha probado que el dueño de esa sociedad, el empresario Eduardo Ferrer, "tuviera conocimiento" de las irregularidades cometidas en esas contrataciones y en los pagos que recibió su firma, como tampoco cree acreditado que alguno de esos pagos respondiera a trabajos inexistentes.
La Fiscalía sostenía que toda esa trama de contratos y pagos irregulares a Tunera producciones fue organizada con la participación no solo del interventor del Consistorio, sino de los concejales de Hacienda en la época, José Montelongo (PSOE) e Isabel Martinón (Partido Nacionalista de Lanzarote, a la fecha de los hechos).
Sin pruebas contra los concejales
Sin embargo, la Audiencia le responde que no hay pruebas de que los concejales de Hacienda ordenasen los pagos a Tunera "a sabiendas de las irregularidades en la contratación".
"Lo único que ha quedado a nuestro entender razonablemente acreditado, más allá de cualquier género de duda razonable, es única y exclusivamente la efectiva y continuada contratación irregular por parte del Ayuntamiento de Arrecife de Lanzarote con la entidad mercantil Tunera Producciones SL, cuyo administrador era el acusado Eduardo Ferrer Cabrera, durante los años 2009 a 2012", dice la sala.
Una “flagrante violación” del derecho
La Audiencia de Las Palmas subraya que "no ofrece ninguna duda" que la mecánica de trabajo del Ayuntamiento de Arrecife con Tunera era "una flagrante violación del derecho constitutivo de prevaricación", pero precisa que solo cabe achacársela a la "inacción" del interventor del Consistorio, Carlos Sáenz.
En cambio, considera que no hay constancia de que los concejales y empleados municipales que participaron en esas contrataciones lo hicieran a sabiendas de su "injusticia y arbitrariedad", lo que impide considerarlos autores de un delito de prevaricación.
Una práctica habitual
Y más aún, recuerda la sentencia, cuando en juicios anteriores sobre esta misma trama se ha acreditado que "ese tipo de contrataciones irregulares y groseramente contrarias a la normativa administrativa (...) eran práctica de lo más habitual, institucionalizada y ordinaria en el Ayuntamiento de Arrecife desde tiempo atrás con otros empresarios", a los que tampoco se condenó.
"Parafraseando la letra de una muy conocida canción de Fito y Fitipaldis, 'Siempre estoy soñando', es nuestro parecer que la imputación contra el empresario adjudicatario y contra los otros acusados, 'no ha perdido la razón y tampoco la ha encontrado' para sostener esa consciencia respecto de la ilegalidad de la contratación que conduzca inexorablemente a la condena", añade el magistrado ponente, Miguel Ángel Parramón, presidente de la Audiencia.
Y todo ello, remarca, porque "en el delito de prevaricación, el elemento subjetivo (el actuar a sabiendas de la arbitrariedad) es determinante para diferenciar la mera ilegalidad administrativa, por grave que resulte, del comportamiento sancionado penalmente".
