Loading...
Imagen del proceso de evacuación en Tenerife de los pasajeros del 'Hondius'. / ÁLVARO OLIVER - ATLÁNTICO HOY

La Audiencia Nacional declara "inadmisible" un recurso por la gestión del hantavirus

La Audiencia Nacional considera que la formación no acreditó una afectación directa de su esfera jurídica para poder recurrir la actuación de Sanidad

La Audiencia Nacional (AN) ha rechazado un recurso de la formación política Iustitia-Europa en contra de la gestión del Ministerio de Sanidad en la crisis del hantavirus al considerarlo “inadmisible”.

El partido cuestionaba la actuación de los responsables de permitir el atraque y coordinar o facilitar el traslado y repatriación de los tripulantes del buque Mv Hondius desde Canarias y de ahí su pretensión de que la Justicia la reprobara.

Recurso rechazado

Iustitia-Europa quería impugnar “los actos administrativos expresos o presuntos, las actuaciones materiales y, subsidiariamente, la vía de hecho en que pudiera incurrir la Administración”.

El Abogado del Estado presentó escrito en el que pedía la inadmisión por carecer la entidad recurrente de legitimación con el objeto del proceso ya que la jurisprudencia exige una relación directa.

Primeros evacuados del MVN Hondius en el puerto de Granadilla de Abona. ÁLVARO OLIVER - AH

Falta legitimación

Sin embargo, en este caso tan solo se apela a la defensa de la salud pública, el principio de precaución y la legalidad de la actuación administrativa en materia sanitaria.

“Es decir, se invocan intereses de carácter general y difuso, cuya titularidad corresponde a la colectividad en su conjunto, sin que la recurrente identifique ni justifique una afectación singularizada, directa o indirecta, de su propia esfera jurídica o de la de sus miembros”, señala la Audiencia Nacional.

Criterio judicial

El fallo recuerda que el Tribunal Supremo (TS) considera que los partidos políticos “tienen una naturaleza singular que les atribuye una función política de carácter general que, no obstante, no es suficiente para conferirles legitimación para la impugnación de cualquier disposición o acto administrativo”.

Por lo tanto se descarta que el ordenamiento jurídico le otorgue “una suerte de acción popular de manera que su legitimación ha de limitarse a que la actividad administrativa impugnada les afecte o un precepto legal les habilite” para la defensa de los derechos e intereses legítimos colectivos.

Añadir AtlánticoHoy como fuente preferida de Google de forma gratuita

Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.

Activar ahora