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Un alumno menor de tres años en un aula./ ARCHIVO

Canarias abre ayudas de casi 1.000 euros para alumnos con TDAH: requisitos y cómo solicitarlas

La convocatoria está dirigida a estudiantes de centros públicos que quedaron fuera de las becas estatales por no tener una discapacidad reconocida de al menos el 25% y cubre gastos de reeducación del curso 2025-2026

El Gobierno de Canarias ha abierto una nueva línea de ayudas de hasta 913 euros por alumno dirigida específicamente a estudiantes con trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad (TDAH).

La convocatoria aparece publicada este miércoles 26 de agosto en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), cuenta con un presupuesto máximo de 800.000 euros y busca compensar a un grupo concreto de familias: aquellas cuyo alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo no pudo acogerse a las ayudas estatales para el curso 2025-2026 por no disponer de un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 25%.

El plazo es corto. Las familias dispondrán de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación para presentar la solicitud.

Quién puede recibir los 913 euros

No basta con tener un diagnóstico de TDAH.

Las bases establecen varios requisitos que deben cumplirse conjuntamente. El alumno debe disponer de un informe psicopedagógico que reconozca necesidades específicas de apoyo educativo por TDAH, con o sin hiperactividad, emitido por un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógico (EOEP).

Ese informe debe ser anterior a septiembre de 2025 y tener una antigüedad máxima de cinco cursos.

Además, el estudiante no puede tener reconocido un grado de discapacidad del 25% o superior.

También debe haber estado escolarizado durante el curso 2025-2026 en un centro educativo público de Canarias. La convocatoria comprende alumnado de Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y ciclos formativos de Grado Básico, Medio y Superior.

Existe todavía una cuarta condición fundamental: el estudiante debe haber recibido durante ese mismo curso reeducación pedagógica y/o del lenguaje a través de un gabinete psicopedagógico, centro o profesional especialista.

La ayuda

La convocatoria no está destinada a pagar tratamientos o refuerzos que comiencen durante el nuevo curso 2026-2027. Lo que subvenciona son gastos que las familias ya soportaron durante el curso 2025-2026.

Las bases permiten financiar los costes correspondientes a intervenciones profesionales de reeducación pedagógica o del lenguaje recibidas por el alumno.

La Consejería introduce además una exclusión expresa: no se consideran subvencionables las clases de refuerzo escolar cuyo objetivo haya sido simplemente mejorar las calificaciones académicas.

Por tanto, la familia deberá acreditar que se trataba de intervenciones psicoeducativas específicas vinculadas a las necesidades educativas del estudiante.

Hasta 913 euros por alumno

La cantidad máxima que puede percibir cada beneficiario asciende a 913 euros.

Eso no significa que todos los solicitantes vayan a recibir automáticamente esa cantidad.

La Administración nunca abonará más dinero del que la familia pueda demostrar que gastó. Si, por ejemplo, el coste acreditado de las sesiones fue de 600 euros, la ayuda no podrá superar esos 600 euros.

La convocatoria dispone de un máximo global de 800.000 euros. Si el dinero no fuera suficiente para cubrir todas las solicitudes que cumplen las condiciones, Educación realizará un prorrateo entre las personas beneficiarias, teniendo en cuenta los gastos acreditados.

El procedimiento es de concurrencia no competitiva, por lo que no se establece un sistema de puntuación para competir por la ayuda.

Qué documentos hay que presentar

Las familias tendrán que conservar especialmente las facturas.

Las bases exigen aportar las facturas emitidas por el centro, gabinete psicopedagógico o profesional que prestó el servicio. En ellas deben constar, entre otros datos, el tipo de servicio, el estudiante beneficiario, fecha de expedición, periodo durante el que se prestó y cuantía abonada.

También habrá que presentar un documento normalizado cumplimentado por el profesional o centro. Este deberá detallar las características de la intervención, número de horas, precio y número de colegiado del profesional, además de estar firmado.

Cuando el alumno sea menor, deberá acreditarse asimismo la representación legal mediante libro de familia o resolución judicial, cuando corresponda.

El modelo de solicitud incorpora además declaraciones responsables relativas al grado de discapacidad y al cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Cómo solicitarla

La vía prioritaria será electrónica.

El Gobierno de Canarias habilita el procedimiento 9886 de su sede electrónica, desde el que puede cumplimentarse la solicitud y adjuntarse la documentación en PDF.

Las personas que no dispongan de firma electrónica podrán cumplimentar el formulario, imprimirlo y presentarlo junto con la documentación a través de cualquiera de los registros admitidos por la Ley de Procedimiento Administrativo.

El plazo comienza el jueves 27 de agosto y se prolonga durante diez días hábiles.

La cuenta bancaria tiene una condición

Hay otro requisito que puede provocar problemas si se deja para el final.

Para poder realizar el pago, la persona beneficiaria deberá figurar dada de alta como persona física en la Base de Datos de Terceros Acreedores de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Además, el propio alumno o alumna deberá ser titular o cotitular de la cuenta bancaria registrada para recibir el ingreso.

El dinero se abonará mediante un único pago por transferencia bancaria después de resolverse la convocatoria.

La nueva línea pretende así cubrir el vacío dejado por las ayudas estatales para aquellas familias con alumnado con TDAH que necesitó apoyo profesional durante el curso pasado pero no alcanzaba el requisito mínimo de discapacidad establecido para acceder a aquella convocatoria.

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