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Imagen de una persona con la llave de una vivienda. / CANVA

Uno de cada cuatro canarios no podría acceder a una vivienda pública por sus bajos ingresos

Derecho al Techo y el Observatori DESCA denuncian ante el TSJC que los requisitos del Gobierno de Canarias excluyen a miles de familias vulnerables y perjudican especialmente a la población migrante

La política de vivienda protegida del Gobierno de Canarias ha abierto un nuevo frente judicial. Las organizaciones Derecho al Techo y el Observatori DESCA sostienen que los requisitos establecidos por el Ejecutivo autonómico para acceder a una vivienda pública dejan fuera a miles de hogares que precisamente se encuentran entre los que más dificultades tienen para encontrar alojamiento en el mercado libre.

Según los datos aportados por ambas entidades, el 26,2% de los hogares canarios no alcanza los ingresos mínimos exigidos para acceder al régimen general de vivienda protegida de promoción pública. La situación es especialmente desfavorable para la población de origen extranjero, entre la que el porcentaje asciende al 52,3%.

Las organizaciones han incorporado estos datos a la demanda presentada ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) contra el Decreto 23/2026, aprobado por el Gobierno de Fernando Clavijo, que regula la inscripción y el funcionamiento del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida.

El procedimiento, iniciado el pasado mes de mayo, busca que la Justicia declare ilegal la normativa por considerar que vulnera los derechos fundamentales y establece condiciones discriminatorias para acceder a una vivienda pública. La demanda ya ha sido trasladada al Ejecutivo autonómico para que formule su respuesta.

Doce años de residencia en Canarias

Uno de los principales motivos de impugnación es la exigencia de acreditar 12 años de residencia continuada en Canarias para poder resultar adjudicatario de una vivienda protegida de promoción pública. A ello se suma la obligación de haber residido o trabajado durante al menos cinco años consecutivos en el municipio correspondiente.

Según los datos del Censo de Población de 2021 recogidos en la demanda, este requisito dejaría fuera al 51,52% de la población extranjera, frente al 14,01% de la población española.

Las entidades consideran que esta condición supone una barrera especialmente importante para las personas migrantes, que, según argumentan, ya se enfrentan a dificultades para acceder al alquiler por el racismo inmobiliario y a obstáculos administrativos para empadronarse.

También advierten de que la medida tiene consecuencias indirectas sobre los menores que viven en estos hogares, al impedir que sus progenitores puedan acceder a una vivienda pública por no cumplir el periodo de residencia exigido.

Las familias más pobres, excluidas

Otro de los aspectos cuestionados es el establecimiento de ingresos mínimos para acceder al régimen general de vivienda protegida.

El informe técnico incorporado a la demanda sostiene que 68.144 hogares inquilinos de Canarias quedarían excluidos automáticamente al contar con ingresos netos mensuales inferiores a 1.000 euros.

La situación afecta especialmente a las familias monoparentales encabezadas por mujeres. Según los datos aportados por las organizaciones, el 41,76% de estas familias se encuentra en riesgo de pobreza, frente al 21,59% del conjunto de los hogares.

Derecho al Techo y el Observatori DESCA consideran que resulta contradictorio que las personas con menos recursos puedan quedarse fuera de la vivienda pública por no alcanzar el umbral económico establecido por la normativa.

La demanda recuerda que el régimen especial, que no exige ingresos mínimos, está limitado a determinados colectivos, como jóvenes de hasta 35 años, mayores de 65, víctimas de violencia de género, emigrantes retornados y personas con limitaciones funcionales graves o totales.

Diez motivos contra el decreto

El escrito judicial desarrolla diez motivos de impugnación contra la normativa autonómica. Entre ellos figura también la posible vulneración de los trámites de aprobación del decreto.

Las organizaciones sostienen que durante la tramitación se introdujeron modificaciones sustanciales en los requisitos de residencia sin repetir el trámite de audiencia. El primer borrador contemplaba siete años de residencia continuada, una condición que posteriormente pasó a diez y finalmente a doce años.

También cuestionan la ausencia de un análisis suficiente sobre el impacto de la normativa en materia de igualdad y no discriminación, las sanciones a quienes hayan ocupado viviendas protegidas por necesidad y la exclusión de hogares cuyos contratos de alquiler están próximos a finalizar.

Otro de los argumentos se refiere a la duración de los contratos de arrendamiento de las viviendas protegidas. El decreto establece un periodo inicial de cinco años, mientras que la Ley de Arrendamientos Urbanos contempla siete años cuando el arrendador es una persona jurídica.

Más de 211.000 viviendas vacías

Las entidades rechazan que el crecimiento demográfico sea el principal responsable de la crisis habitacional en las islas. Según los datos incluidos en la demanda, la población canaria aumentó un 7,2% entre 2013 y 2025, equivalente a un crecimiento medio anual del 0,6%.

En cambio, apuntan a la escasa promoción pública de vivienda como uno de los principales problemas estructurales. Entre 2014 y 2025, los promotores públicos solo habrían obtenido la calificación definitiva de 184 viviendas protegidas.

A esta situación suman las 211.452 viviendas vacías que contabilizaba Canarias en el Censo de Población y Viviendas de 2021.

Derecho al Techo y el Observatori DESCA reclaman al TSJC que valore el decreto atendiendo a los principios de igualdad, no discriminación y protección de los derechos sociales.

Ambas organizaciones defienden que la respuesta a la emergencia habitacional debe pasar por aumentar el parque público, movilizar las viviendas vacías y establecer criterios de adjudicación que no excluyan a las familias con mayores dificultades económicas.

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