Fuentes del Supremo han explicado a Efe que la decisión de Llarena debe interpretarse en dos líneas: una primera, evitar que Bélgica, donde está ahora Puigdemont, al igual que los exconsellers que le acompañan, limite en alguna medida en su fórmula de entrega los posibles delitos que se puedan imputar al líder independentista.
La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ordenó la detención e ingreso en prisión de Puigdemont y los cuatro exconsellers por delitos de rebelión, sedición, malversación, prevaricación y desobediencia.
Por ello, dice, "la depuración de las distintas responsabilidades penales debe ser llevada de manera unificada, pues de otro modo podría romperse la continencia de la causa y conducir el proceso a respuestas contradictorias y divergentes para los distintos partícipes".
Así, el juez señala que con posterioridad a la emisión de las órdenes, además de plantearse ese posible concierto entre todos los investigados, estos "parecen haber mostrado su intención de retornar a España, con la finalidad de tomar posesión y ejercer unos cargos electivos para cuyos comicios se han presentado recientemente".
Según el magistrado, el actual mantenimiento de las órdenes de detención no facilitaría el adecuado desarrollo del proceso "pues, al ser posible que el Estado requerido restrinja en su entrega de los detenidos a determinadas imputaciones, negando otras, ello dificultaría la respuesta homogénea que justificó la acumulación de las actuaciones.
Por ello, en el estado actual de las actuaciones, el magistrado considera oportuno, ponderando los intereses en juego, retirar las órdenes de detención objeto de análisis y renunciar a la petición de colaboración que comportan.