Policía Local de Los Llanos de Aridane./ ARCHIVO
Policía Local de Los Llanos de Aridane./ ARCHIVO

Los Llanos de Aridane pretendía pagar más a unos policías que a otros por el mismo trabajo

Un juzgado ha tumbado la Relación de Puestos de Trabajo del municipio palmero por estar hecha de mala fe y de forma temeraria

Álvaro Oliver González, redactor jefe en Tenerife

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife ha declarado inválida la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane (La Palma) al detectar disparidades salariales no justificadas entre puestos idénticos de la Policía Local.

Esta resolución, fechada el 7 de enero de 2025, responde a una impugnación interpuesta por la Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF) y obliga al consistorio a hacerse cargo de las costas judiciales debido a que su actuación fue considerada temeraria y de mala fe.

Infracción

La sentencia indica que la RPT aprobada en mayo de 2023 incorporaba diferencias salariales sin justificación alguna, asignando el nivel 11 de complemento de destino a algunas plazas, mientras que a otras similares se les asignaba el nivel 22, lo que infringe el principio de igualdad retributiva reconocido por la jurisprudencia.

El fallo también resalta la falta de justificación adecuada por parte del ayuntamiento para las mencionadas diferencias salariales, considerando el acto administrativo como contrario a derecho.

Además, se subraya la carencia de transparencia en el procedimiento, dado que la RPT no fue publicada correctamente en los boletines oficiales, lo cual generó incertidumbre jurídica adicional.

Posibilidad de recurso

El CSIF ha expresado su satisfacción con la sentencia y ha pedido que se elabore una nueva RPT basada en criterios objetivos y ajustados a la legalidad vigente. Asimismo, no descarta presentar acciones legales si las irregularidades detectadas no se corrigen.

El Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane tiene la posibilidad de recurrir esta sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de 15 días desde la notificación de la resolución.