El Tribunal Supremo (TS) ha reconocido el derecho de una madre soltera tinerfeña a disfrutar de diez semanas adicionales para cuidar de su hija, más allá de las 16 habituales, una vez descontadas las seis obligatorias tras el nacimiento.
La decisión supone un paso más en el reconocimiento de las familias monoparentales, que durante años han reclamado un trato equivalente al de los hogares con dos progenitores.
Una solicitud que nació con su hija
La mujer, madre de una menor nacida en 2021, solicitó en su momento que las 16 semanas se ampliaran hasta 32, al ser la única progenitora.
Tras el parto, se le reconoció la prestación por nacimiento y cuidado desde el 17 de febrero hasta el 8 de junio de ese año.
Primeras resoluciones contradictorias
En abril presentó una reclamación y un Juzgado de lo Social le dio la razón, permitiéndole disfrutar de las 32 semanas solicitadas.
Sin embargo, posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) revocó esa decisión y limitó el permiso a las 16 semanas iniciales, en línea con la postura del INSS y la TGSS.
El caso llega al Supremo
La madre decidió entonces recurrir ante el Tribunal Supremo, aportando como sentencia de contraste otra del TSJ de Madrid (TSJM), que defendía el interés superior del menor en casos de monoparentalidad.
Ya en ese momento, la Fiscalía del TS apoyó la reclamación de la demandante.
¿Tiene derecho al permiso del otro progenitor?
El debate jurídico se centraba en una cuestión clave: si una progenitora única tiene derecho no solo a su permiso, sino también al que le hubiera correspondido a un segundo progenitor, de haber existido.
La Fiscalía recordó que el Tribunal Constitucional (TC) ya había determinado este año que las familias monoparentales no pueden sufrir discriminación respecto al resto.
La discriminación, prohibida por el TC
El TC considera que negar ese derecho constituye una discriminación “expresamente prohibida”, que además ignora las consecuencias negativas para los niños y niñas con un solo progenitor.
El tribunal destaca que estas familias no deben quedar en desventaja frente a los hogares biparentales.
El impacto en las empresas
El Supremo también analizó las implicaciones para las empresas, que se verían obligadas a asumir bajas más largas y reorganizar personal durante más tiempo.
Sin embargo, señala que este tipo de cuestiones corresponde resolverlas al legislador, no a los tribunales.
La decisión final
El Supremo estima que, además de las 16 semanas reconocidas a cualquier madre biológica, deben sumarse 10 semanas adicionales, al excluirse las seis primeras que son siempre obligatorias e ininterrumpidas después del parto.
La sentencia reconoce así que las familias monoparentales no pueden quedar atrás en la protección de los derechos del menor.
