Miguel Ángel Ramírez siempre gana: vía libre para su absolución

Un auto emitido falla que el presidente de la UD Las Palmas no ha sido administrador de hecho de Seguridad Integral Canaria, con lo cual, sus responsabilidades penales en varios procedimientos quedarían en entredicho

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Miguel Ángel Ramírez. / EFE
Miguel Ángel Ramírez. / EFE

NOTA: Este artículo fue publicado por Atlántico Hoy hace cinco meses.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha contestado a Miguel Ángel Ramírez después de casi dos años de espera. En un auto emitido esta semana sobre un recurso presentado en 2021, y que tiene como ponente al magistrado Carlos Vielba, estima que no existen razones para entender que Ramírez pueda ser considerado administrador de hecho de Seguridad Integral Canaria (SIC) desde el momento en que Héctor de Armas asumió el cargo de administrador único.

Este documento, que aparentemente no tiene mayor importancia para el lector, la tiene y mucho para el presidente de la UD Las Palmas, en cuanto en tanto, el empresario grancanario está actualmente pendiente de una sentencia de la Sección Primera de la Audiencia en el que se juzgan sus responsabilidades penales en un presunto fraude de SIC y Hacienda valorado en 36 millones de euros. Ramírez se enfrenta por la presunta comisión de ese  delito a una pena de cárcel de 21 años y este auto abre una vía para su próxima absolución.

Sin autorización

Ya durante la celebración del juicio en el mes de julio, Miguel Ángel Ramírez aseguró que cuando cesó como administrador único de SIC, dejó de estar autorizado para acceder a las cuentas bancarias de la compañía. “El señor de Armas sí manejaba el dinero”, expuso su abogado. “Los directivos decían que las órdenes las daba Héctor de Armas”, sentenció.

La importancia de este auto radica en que precisamente a Ramírez, se le imputan unos delitos presuntamente cometidos de 2008 a 2009 como administrador único, que la Fiscalía, en este caso, Evangelina Ríos, amplió desde 2010. Ese año, el empresario sí era administrador único, pero lo acusaban de ser administrador de hecho durante los años 2011, 2012 y siguientes.

2009 y 2010

En la lectura de este auto, que es firme y sobre el que no cabe recurso, se puede entender que Ramírez no era el administrador de hecho los años 2011, 2012 y siguientes en la causa por la que fue juzgado y que se ha mencionado anteriormente, con lo cual, sólo se podría esperar una sentencia respecto del empresario que abarcara únicamente los años 2009 y 2010.

Tanto en la fase de prueba como en las conclusiones finales del último juicio celebrado contra el presidente de la UD, pudo quedar acreditado que en 2009 y en 2010 no se calculó correctamente por Hacienda la presunta cuota defraudada por el empresario, lo que sin duda pone el viento a su favor para una más que probable sentencia absolutoria.

Otros procedemientos

Además, tiene una trascendencia importantísima en otros tres procedimientos que actualmente están abiertos contra Miguel Ángel Ramírez. Tiene uno en el Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria (relacionado con los mismo delitos), que se podría sobreseer a raíz de este auto. También otro procedimiento en el Juzgado de Instrucción número 5, por ser el autor de un presunto delito de alzamiento de bienes como administrador de hecho y el procedimiento del que es objeto este auto que está en el Juzgado de Instrucción número 3.

A raíz de todo lo visto, parece que en ningún procedimiento se ha acreditado ni de forma indiciaria, que  Miguel Ángel Ramírez haya ostentado el cargo de administrador de hecho desde que cesó en el cargo como administrador único de sus empresas.

El auto objeto de este artículo tiene un último punto también trascendental y es su importancia en el concurso de acreedores de SIC porque en uno de los informes elaborados por los auditores, aparece Ramírez como administrador de hecho, sin serlo, tal y como acredita la Audiencia Provincial. Lo dicho: Miguel Ángel Ramírez siempre gana.