La visita del papa León XIV a Canarias no solo está movilizando a miles de fieles. También está generando un pequeño fenómeno paralelo: vecinos que han decidido alquilar balcones, terrazas, azoteas e incluso viviendas completas para quienes quieren seguir de cerca los recorridos y actos previstos en Gran Canaria y Tenerife.
En los últimos días han aparecido anuncios ofreciendo espacios privilegiados para ver pasar al Pontífice, algunos por apenas unas horas y otros durante toda la jornada. Sin embargo, hay un detalle que muchos desconocen: esos ingresos también tienen consecuencias fiscales.
Alquilar un balcón también tributa
Aunque pueda parecer una operación puntual o incluso anecdótica, el dinero obtenido por ceder un balcón, una terraza o una vivienda durante la visita papal debe declararse ante Hacienda.
Los expertos fiscales recuerdan que no importa si el alquiler dura un día, una tarde o apenas unas horas. Si existe una contraprestación económica, los ingresos deben incluirse en la declaración de la renta. Desde TaxDown explican que estas cantidades tienen la consideración de rendimientos del capital inmobiliario, la misma categoría en la que se encuadran los alquileres tradicionales de inmuebles.
Cuánto puede quedarse Hacienda
La cantidad que finalmente se paga depende de la situación económica de cada contribuyente, ya que estos ingresos se suman al resto de rentas obtenidas durante el año.
En España, el IRPF funciona mediante tramos progresivos. Esto significa que cuanto mayores sean los ingresos totales de una persona, mayor será el porcentaje que deberá pagar sobre las nuevas ganancias obtenidas. Actualmente, los tipos aplicables oscilan entre aproximadamente el 19% para las rentas más bajas y hasta el 47% para las más elevadas.
Un ejemplo
Para entender mejor cómo funciona, TaxDown plantea un caso práctico. Si una persona con una base liquidable de 30.000 euros obtiene 3.000 euros alquilando su balcón durante la visita del Papa, esa cantidad se integrará en su declaración y tributará aproximadamente al tipo marginal correspondiente, que rondaría el 30%.
En ese supuesto, la factura fiscal podría situarse cerca de los 900 euros, aunque la cifra final puede reducirse aplicando determinados gastos deducibles relacionados con el alquiler.
Diferencia respecto al alquiler habitual
Uno de los errores más frecuentes es pensar que estos ingresos pueden beneficiarse de las reducciones fiscales previstas para el alquiler de vivienda habitual. Sin embargo, no es así.
Al tratarse de un alquiler puntual, temporal o turístico, Hacienda no permite aplicar las reducciones que sí existen para quienes alquilan una vivienda como residencia habitual de un inquilino. Eso significa que el rendimiento obtenido tributa íntegramente, sin las ventajas fiscales contempladas para otros arrendamientos.
¿Qué pasa si no se declara?
Los especialistas advierten de que ocultar estos ingresos puede salir caro. No incluirlos en la declaración constituye una infracción tributaria que puede derivar en sanciones económicas importantes. Dependiendo de cada caso, las multas pueden situarse entre el 50% y el 150% de las cantidades no declaradas. Además, las posibilidades de detección son cada vez mayores.
La Agencia Tributaria dispone actualmente de múltiples vías para localizar este tipo de operaciones. Entre ellas figuran el seguimiento de plataformas de alquiler vacacional y temporal, la revisión de anuncios publicados en redes sociales o páginas web, el análisis de movimientos bancarios y, en algunos casos, las denuncias presentadas por terceros. Por ello, los expertos recomiendan actuar con total transparencia y conservar toda la documentación relacionada con el alquiler.
Un contrato puede evitar problemas
Aunque no existe una obligación legal específica de formalizar un contrato para este tipo de cesiones temporales, sí es una medida muy recomendable. Un documento donde figuren el precio acordado, la duración del alquiler, las condiciones de uso y las responsabilidades de ambas partes puede evitar conflictos posteriores y servir como justificante ante Hacienda en caso de que sea necesario acreditar la operación.
En definitiva, alquilar un balcón con vistas privilegiadas al recorrido del Papa puede convertirse en una oportunidad para obtener unos ingresos extra. Pero también implica obligaciones fiscales que conviene conocer antes de entregar las llaves o reservar el mejor sitio de la casa.
