El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rebajado de seis a dos años la pena de prisión a un condenado en primera instancia por un delito de agresión sexual a una menor, la hermana pequeña de su pareja, y le ha impuesto una sanción de 3.000 euros frente a los 20.000 fijados por la Audiencia Provincial tinerfeña.
Otro tanto ocurre con la libertad vigilada que pasa de cinco años a uno y la prohibición de comunicación y aproximación e inhabilitación profesional que se reduce de ocho años a dos. El acusado tenía 18 años cuando ocurrieron los hechos en mayo de 2021 y vivía en la casa de su pareja y su familia.
Recurso
Tras la sentencia inicial se interpuso un recurso ante el TSJC que le da parcialmente la razón a la defensa, pues en esta segunda instancia no se considera probado que violase a la menor. Durante el juicio, un testigo aportó al Juzgado una carta manuscrita en la que la menor relataba los hechos pero que no fue ratificada por la víctima, y que en todo caso sería tan sólo “una declaración más” de la víctima, según el TSJC.
Otras irregularidades son que los pantalones de ella no fueron recabados por las fuerzas policiales ni llevados por la denunciante a un centro sanitario. Asimismo, el TSJC ve inverosímil alguno de los datos que aportó la víctima y señala que a esas horas había varias personas despiertas en la casa. La prueba pericial psicológica que da credibilidad a la denunciante es además cuestionada por el TSJC al haber sido realizada por un profesional que trata a la joven desde hace años.
