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Sede de Sanidad del Gobierno de Canarias en Gran Canaria. / GOBIERNO DE CANARIAS

Sanidad cesa a la presidenta de la Comisión de Eutanasia de Canarias, que recurre la decisión

Elisa Corujo, geriatra del Hospital José Molina Orosa de Lanzarote, considera arbitrario su cese y reclama que sea anulada la orden

La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha cesado a Elisa Corujo como presidenta de la Comisión de Garantía y Evaluación de la Prestación de la Ayuda para Morir de Canarias. La doctora, geriatra del Hospital Universitario José Molina Orosa de Lanzarote, ha recurrido la decisión y reclama su reposición en el cargo.

La consejera de Sanidad, Esther Monzón, firmó el pasado lunes la orden de cese de Corujo, que ocupaba la presidencia de este órgano desde octubre de 2025. Se trata de la tercera persona que ha presidido la comisión desde su creación, en junio de 2021.

La resolución justifica la destitución en la "imposibilidad para el ejercicio de sus funciones", al amparo del artículo 4.3.b del Reglamento aprobado mediante el Decreto 67/2021, de 23 de junio. La orden también agradece a Corujo "los servicios prestados".

Corujo recurre el cese

La doctora ha presentado un recurso de reposición contra la decisión, al que ha tenido acceso EFE, en el que califica su destitución de arbitraria y solicita que se anule la orden y sea restituida como presidenta de la comisión.

Corujo sostiene que el cese incurre en una irregularidad que, a su juicio, lo hace nulo de pleno derecho, entre otros motivos porque la Administración no concreta los hechos en los que fundamenta la decisión.

En particular, señala que la resolución no explica "a qué concreta incapacidad" se refiere cuando habla de imposibilidad para ejercer sus funciones ni qué tareas habría dejado de desempeñar por ese motivo.

"Falta una motivación racional y suficiente que me permita conocer las razones de mi cese y articular su impugnación", argumenta en su recurso.

Defiende su trabajo al frente

La presidenta cesada niega que exista una incapacidad física que le impida desempeñar el puesto y asegura que no padece ninguna limitación física o cognitiva que haya dificultado el ejercicio de sus responsabilidades.

Corujo afirma que durante el año que estuvo al frente de la comisión trabajó junto al resto de sus integrantes para dotarla de un funcionamiento "ordenado, fluido y eficaz", pese a la insuficiencia de medios que, según explica, trasladó a los órganos responsables.

También sostiene que procuró que el órgano desarrollara sus funciones con autonomía, independencia de criterio, rigor y eficacia, y asegura que dedicó a esta tarea un "importante esfuerzo personal y profesional".

El informe sobre la eutanasia

Uno de los asuntos que menciona expresamente en su recurso es la elaboración del informe anual sobre la aplicación de la Ley de regulación de la eutanasia y el desarrollo de la prestación.

Según Corujo, el documento fue trasladado a los órganos directivos correspondientes para su publicación en el Portal de Transparencia o en la página web del Servicio Canario de la Salud y posteriormente se procedió a su difusión pública, conforme a la normativa.

La doctora considera que la elaboración y publicación del informe constituye un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas y forma parte de las responsabilidades atribuidas a la comisión.

En este punto, Corujo afirma que la decisión de cumplir con esta función "no siempre ha sido recibida favorablemente", una circunstancia que considera relevante y que ha dejado reflejada en su recurso contra el cese.

Un órgano creado en 2021

La Comisión de Garantía y Evaluación de la Prestación de la Ayuda para Morir de Canarias fue creada en 2021 en el marco de la aplicación de la legislación sobre eutanasia.

Corujo compaginaba la presidencia de este órgano con la del Comité de Ética Asistencial de Lanzarote y ejercía como geriatra en el Hospital Universitario José Molina Orosa.

Sanidad no ha detallado en la información aportada a EFE qué circunstancias concretas motivan la aplicación de la causa de "imposibilidad para el ejercicio de sus funciones" recogida en la orden de cese.

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