El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado revisar la anulación de la construcción del puerto de San Andrés en Santa Cruz de Tenerife y ha ratificado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de descartar cualquier uso deportivo o público en ese punto del litoral de la capital tinerfeña.
La decisión del alto tribunal supone la inadmisión del recurso contra el acuerdo de la Autoridad Portuaria que desestimó indemnizar con 117 millones de euros al concesionario, Parque Marítimo Anaga (PMA), por no poder ejecutar las obras.
Reclamación del concesionario
El concesionario reclamaba esta cuantía —8,7 millones por daño emergente, 8 por costes de adjudicación y 100 millones por lucro cesante— al atribuir a Puertos una "actitud obstructiva" desde la adjudicación de la concesión en 2002.
El Supremo fundamenta su decisión en que el recurso se presentó fuera de plazo, al superar el límite de tres meses desde que se archivó en 2021 la discrepancia del concesionario con la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
Argumentos del tribunal
El Supremo cree que entre estas fechas existió “un largo proceso de reflexión razonable” que no fue aprovechado por el concesionario, y rechaza los argumentos de la entidad Bricansa, que alegó que fue en esta última fecha cuando se informó de que este tramo pasó de ser dominio público a patrimonial.
La sentencia original del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de 2023 ya determinó que el proyecto de Puertos no implicaba una privación ilegal de la concesión y que el informe ambiental desfavorable no obligaba a reactivar el plan.
Cierre definitivo del caso
Tanto la Abogacía del Estado como la Fiscalía descartaron la existencia de engaños o "ardides" por parte de la Administración para perjudicar al concesionario.
El TS recuerda que la revisión de una sentencia firme es una medida excepcional y restrictiva que no puede funcionar como una nueva instancia judicial y cierra así definitivamente la disputa sobre el futuro de este tramo costero.