Imagen de una persona sin hogar durmiendo en la calle / EFE
Imagen de una persona sin hogar durmiendo en la calle / EFE

Tener ingresos bajos también puede dejarte fuera de una vivienda pública en Canarias y estos son los mínimos exigidos

El régimen general exige entre 1,5 y 2,5 veces el IPREM según el tamaño del hogar. Las asociaciones han aportado nuevos datos a su recurso, mientras el decreto contempla también un régimen especial

luna moya

El acceso a una vivienda pública en Canarias también puede depender de alcanzar un mínimo de ingresos. El régimen general de promoción pública exige que las familias acrediten una cantidad que aumenta según las personas que conviven en el domicilio: desde 1,5 veces el IPREM para un hogar unipersonal hasta 2,5 veces para uno de cuatro o más miembros.

Es uno de los requisitos que Derecho al Techo y el Observatori DESCA cuestionan ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Las entidades difundieron el 3 de noviembre nuevos datos sobre sus efectos y los incorporaron a la demanda que presentaron en mayo contra el Decreto 23/2026.

La norma distingue, sin embargo, entre viviendas de régimen general y de régimen especial, con condiciones económicas diferentes. Esa distinción resulta fundamental para saber qué límites se aplican en cada procedimiento de adjudicación.

Los mínimos exigidos

El artículo 30 del decreto y la ficha del procedimiento del Gobierno de Canarias recogen esta escala para el régimen general:

  • Una persona: ingresos mínimos de 1,5 veces el IPREM.
  • Dos personas: 1,9 veces el IPREM.
  • Tres personas: 2,4 veces el IPREM.
  • Cuatro o más personas: 2,5 veces el IPREM.

La referencia es el IPREM anual en catorce pagas, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples que se utiliza para fijar umbrales de acceso a distintas prestaciones y programas públicos.

La comparación se realiza con los ingresos netos computables del conjunto de la unidad familiar o de convivencia, calculados conforme al decreto. Por ello, conocer el salario mensual de una sola persona no basta para determinar si un hogar cumple las condiciones.

El régimen general también establece un máximo: cinco veces el IPREM, que puede llegar a seis en los supuestos previstos para familias numerosas de categoría especial y determinadas situaciones de discapacidad. 

Dos regímenes distintos

El artículo 28 regula el régimen especial, cuyo límite económico es de 2,5 veces el IPREM anual en catorce pagas, con las reglas de cálculo y ponderación que recoge la norma.

Ese artículo no reproduce la escala de ingresos mínimos del régimen general. Un hogar que no alcanza los mínimos de este último puede situarse dentro del umbral económico del especial, aunque su participación y la adjudicación siguen sujetas al resto de requisitos y a la oferta disponible.

La diferencia obliga a identificar el régimen de las viviendas de cada convocatoria antes de comprobar la situación económica del solicitante.

El recurso judicial

Derecho al Techo y el Observatori DESCA sostienen que las exigencias económicas del régimen general dejan fuera a hogares que tampoco pueden acceder al mercado libre. En su análisis sitúan en 68.144 los hogares inquilinos de Canarias con ingresos netos mensuales inferiores a 1.000 euros que resultarían afectados por esos límites, un cálculo que atribuyen a datos del INE.

Las organizaciones han incorporado un informe técnico a su impugnación del decreto. Su crítica alcanza también los requisitos de residencia y otros criterios de acceso que consideran discriminatorios.

La demanda se presentó en mayo de 2026. Los datos difundidos ahora amplían los argumentos de las entidades sobre las consecuencias sociales de la regulación aprobada por el Gobierno canario.

Residencia y otros requisitos

La ficha oficial del régimen general exige estar inscrito en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida y acreditar la necesidad de vivienda.

Recoge además doce años de residencia ininterrumpida en Canarias, o quince cuando haya interrupciones, y al menos cinco años de residencia o trabajo continuado en el municipio de la promoción. La normativa prevé excepciones y reglas específicas para determinadas situaciones, entre ellas víctimas de violencia de género y personas emigrantes retornadas.

También se comprueba el patrimonio y la documentación económica de la unidad de convivencia. Los requisitos continúan publicados en la sede electrónica del Gobierno, donde cada persona puede consultar las condiciones del procedimiento al que pretenda concurrir.

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