El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado la procedencia del despido de un conductor de una funeraria en Tenerife tras un error en la identificación de un fallecido. La resolución judicial respalda la postura de la empresa, que considera los hechos como una falta muy grave. El suceso tuvo lugar cuando el operario trasladó un cuerpo equivocado desde el Hospital de Ofra hasta el velatorio de Güímar, generando un profundo malestar entre los familiares afectados.
El fallo ratifica la decisión adoptada inicialmente por la compañía el 18 de enero de 2024, tras el incidente ocurrido a finales de diciembre del año anterior. La sentencia subraya el impacto emocional que este tipo de equivocaciones causan en los allegados, especialmente en momentos de duelo de extrema sensibilidad.
Incumplimiento de los protocolos
La compañía funeraria argumentó que el trabajador vulneró el código ético y los manuales de procedimiento interno al no verificar correctamente la identidad del difunto. Según las normas establecidas por la empresa, la comprobación del brazalete identificativo o la documentación oficial representa la tarea más importante antes de proceder a cualquier servicio de traslado.
En esta ocasión, tras coincidir con otro compañero en el centro hospitalario, el empleado omitió las comprobaciones pertinentes. El error supuso que el cuerpo asignado a Güímar tuviera que ser redirigido posteriormente a Guía de Isora, multiplicando los traslados y afectando directamente a una segunda familia.
Reclamaciones y defensa laboral
A su llegada al destino correcto con el difunto adecuado, el personal de la funeraria se encontró con la lógica indignación de los parientes, quienes presentaron una reclamación formal que desencadenó el despido disciplinario. La entidad empresarial calificó la negligencia como intolerable y contraria a la prestación de una atención de calidad y profesional.
Por su parte, el empleado calificó la sanción de excesiva y abogó por una amonestación o suspensión temporal de empleo y sueldo. El conductor alegó que no existió una voluntad de causar daño y atribuyó la equivocación a la confianza depositada en las labores de su compañero, así como a la negativa inicial de los familiares a visualizar el cuerpo en la sala velatoria. Sin embargo, la justicia canaria ha priorizado el rigor que exige el sector funerario.
