La Asociación Tierra Bonita, integrada por afectados por la erupción del volcán de La Palma, ha presentado una denuncia ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias contra el Cabildo de Tenerife por su "negativa a publicar en tiempo real" los datos de sismicidad, deformación del terreno y emisión de gases obtenidos por la red de vigilancia volcánica que gestiona el Instituto Volcanológico de Canarias (Involcan).
Desde el colectivo palmero señalan que han acudido a este organismo después de que la Consejería de Investigación, Innovación y Desarrollo del Cabildo de Tenerife desestimara el pasado 11 de junio el recurso potestativo de reposición presentado contra una primera denegación emitida en abril. La asociación reclama tanto el acceso a los datos actuales como a los registros de la red sísmica, geodésica y geoquímica de Involcan previos a la erupción de La Palma, entre 2017 y 2021.
No obstante, desde la institución insular defienden que "no existe obligación legal" de publicar en abierto los datos brutos de Involcan y atribuye al IGN la vigilancia oficial del riesgo volcánico.
Acuerdo
Tierra Bonita señala que el Pleno del Cabildo de Tenerife aprobó el 27 de marzo de 2026, con el apoyo de CC, PP, PSOE y Vox, un acuerdo institucional en el que asumía recomendaciones formuladas por ocho colectivos palmeros. Entre ellas figuraba la de "primar la transparencia y el acceso a los datos en tiempo real a la población como fortalecimiento de la confianza institucional".
El presidente de la asociación, Francisco Rodríguez Pulido, sostiene que "no se puede reconocer en el Pleno la legitimidad de las asociaciones ciudadanas para proponer mejoras preventivas ante el riesgo volcánico y, al mismo tiempo, negarles el acceso a los datos que permitirían auditar y comprender el riesgo al que está expuesta la población". En el escrito dirigido a la comisionada de Transparencia, Noelia García, Tierra Bonita asegura que el Cabildo "vulnera el derecho de acceso a la información pública al denegar la solicitud sin una motivación suficiente". La asociación sostiene que los datos brutos de vigilancia volcánica, "al haber sido obtenidos con fondos públicos, deben ser accesibles y no pueden quedar amparados por derechos de propiedad intelectual".
"Hacen un corta y pega"
El colectivo critica además que la resolución del Cabildo se limita "a hacer un corta y pega del informe emitido por Involcan sin valorar que la decisión contradice el acuerdo aprobado previamente por el Pleno de la Corporación insular".
Según la asociación, uno de los argumentos utilizados para rechazar la petición es que "la publicación de las mediciones brutas podría generar una alarma social injustificada". También señala que el Cabildo sostiene "que esos datos forman parte de proyectos de investigación científica y que su difusión podría afectar a su posterior publicación en revistas especializadas".
"No existe obligación legal"
En esa resolución dictada el 11 de junio por el consejero insular de Investigación, Innovación y Desarrollo, el Cabildo de Tenerife confirma la decisión anterior y rechaza la solicitud de acceso y publicación en abierto de los datos brutos generados por las redes de vigilancia volcánica, sísmica y geoquímica de Involcan. El documento sostiene que no existe una obligación legal de publicar esos datos en los términos solicitados y que concurren límites vinculados al régimen jurídico de los datos de investigación.
Además argumenta que la red de monitorización gestionada por Involcan "no tiene carácter de red oficial de vigilancia volcánica ni ostenta competencias en materia de evaluación o comunicación del riesgo", funciones que atribuye al Instituto Geográfico Nacional (IGN) dentro del Sistema Nacional de Protección Civil. La resolución también defiende que los datos proceden de una infraestructura científica "sujeta a procesos de validación, compromisos de explotación, planes de gestión y posibles restricciones editoriales o contractuales". Asimismo, rechaza que se haya "vulnerado el principio de datos abiertos, el mandato plenario o la legitimidad de la asociación". La resolución del Cabildo pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
