La empresa Composting recibe el aval ambiental para construir una planta en Granadilla

Es la segunda vez que la empresa recibe el visto bueno para la construcción de una fábrica de tratamiento de residuos después de conseguirlo en 2016 y caducar

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Máquina de compost en una fábrica. / Pixabay
Máquina de compost en una fábrica. / Pixabay

La Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental ha aprobado de nuevo la propuesta de la empresa Composting S.L. para la construcción de una planta de tratamiento de residuos orgánicos en el municipio de Granadilla. La empresa ya había recibido este visto bueno en 2016, pero el estudio caducó una vez transcurridos cinco años desde su aprobación.

De esta forma se da de nuevo viabilidad al Informe Ambiental para la puesta en marcha de una planta dedicada a la “fabricación de compost mediante la tecnología de tunelación aerobia de aireación forzada”. La comisión entiende que la construcción de esta fábrica en dos parcelas del municipio de Granadilla de Abona “no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no debía someterse  al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria”. 

Fábrica de compost

Esta planta generaría compost a través de los residuos orgánicos como los lodos de las estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas, agroalimentarias e industriales, así como a través de subproductos animales no destinados al consumo humano (Sandach) de categoría dos y tres, como estiércol, restos de animales no destinados al consumo humano o productos de origen animal que no cumplan con los requisitos de importación, entre otros. 

La fábrica de compost se localizaría en el Polígono 6 de Granadilla de Abona en las parcelas 448-466. Las dos parcelas ocupan una superficie de 71.294 y 44.973 m2 , respectivamente, tal y como indica el documento de aprobación de la Evaluación Ambiental.

Informe favorable

Con el informe favorable de la comisión, el documento deja claro, al igual que en otros proyectos similares que su visto bueno “no exime en ningún caso al promotor de la obligación de obtener todas la licencias, permisos, autorizaciones o cualesquiera otros títulos habilitantes que resulten legalmente exigibles”. 

El dictamen de este informe cuenta con una vigencia de cuatro años para que el promotor pueda desarrollar la actividad. “Contra el presente acto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su caso”, finaliza el documento.