La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado las penas de 21 y 17 años de prisión impuestas a dos jóvenes por robar, retener y agredir en La Orotava (Tenerife) a un agente de la Guardia Civil y a una mujer, que perdió la visión de un ojo como consecuencia del ataque.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ya había confirmado en marzo de este año la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en octubre de 2024. El Supremo respalda ahora íntegramente ese fallo y da por válido el relato de los hechos probados.
Según la sentencia, las acusadas irrumpieron en dos ocasiones en el cuarto de aperos donde vivía la víctima para robarle y agredirla. En el primer ataque, golpearon también a un guardia civil, motivo por el cual una de ellas deberá cumplir una condena más alta y pagar 150 euros de indemnización al agente.
Dos agresiones
La segunda agresión, ocurrida el 29 de marzo de 2023, fue especialmente violenta. Las condenadas regresaron al lugar, patearon, golpearon y arrastraron por el suelo a la víctima, le introdujeron tierra en la boca y una de ellas llegó a clavarle una cuchara en el ojo, provocándole la pérdida total de visión. Después de mantenerla retenida durante dos horas, se llevaron su teléfono móvil, tarjetas y una cartera.
La mujer sufrió lesiones graves que requirieron 117 días de recuperación, cinco de ellos de hospitalización.
Una de las condenadas alegó ante el Supremo que desconocía la existencia del objeto punzante y que su participación fue “pasiva y ocasional”, pero el tribunal desestimó su recurso por no aportar nuevos argumentos. También rechazó aplicar la atenuante de reparación del daño, al considerar que los esfuerzos de la acusada por ahorrar dinero en prisión no resultaban “suficientemente significativos”.
El alto tribunal las considera autoras de dos delitos de robo con violencia en casa habitada, trato degradante, lesiones con agravante de ensañamiento, abuso de superioridad y aprovechamiento de las circunstancias del lugar. En el caso de la que no recurrió, pesa además la reincidencia en atentado a la autoridad.
