Acuerdo para regular la concesión de subvenciones destinadas a las pymes de La Palma

Estas tendrán como fin favorecer al emprendimiento y crecimiento de las empresas de La Palma debido al impacto económico de la erupción

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Calle O'Daly en Santa Cruz de La Palma. / AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA
Calle O'Daly en Santa Cruz de La Palma. / AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) publicaba este jueves la resolución por la que se dispone la publicación del Convenio de Colaboración para regular la concesión de subvenciones para dinamizar y apoyar a las pequeñas y medias empresas de La Palma.

Se trata de un convenio suscrito entre la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos y la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife. Según recoge el boletín, estas subvenciones tienen con fin favorecer el emprendimiento y crecimiento de las empresas en la isla ante el impacto económico generado por la erupción del volcán en septiembre de 2021. 

En este sentido se pretende apoyar a la creación de nuevas empresas y a la consolidación de las existentes a través de proyectos destinados a mejoras productivas, innovadoras y organizativas. Además el procedimiento de la concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación y prelación de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de valoración que se establecerán en las bases. 

La Cámara, entidad colaboradora

El convenio viene regular la colaboración entre la Consejería y la Cámara como entidad colaboradora para gestionar y tramitar las citadas subvenciones para la dinamización y el apoyo a las pymes de la isla, así como la entrega a las personas y entidades beneficiaras de los fondos recibidos por parte de la Direccion General de Promocion y Diversificacion Economica destinados a esta ayuda.

En este sentido, la Cámara será la encargada de entregar y distribuir los fondos públicos a las entidades que vayan a ser beneficiadas tras establecerse las bases reguladoras o colaborar en la gestión de la subvención sin que se produzca la previa entrega y distribución de los fondos recibidos. En este sentido, los fondos no se considerarán integrantes de su patrimonio.

Como recoge el boletín, el periodo de vigencia será desde la fecha de suscripción hasta el agotamiento del crédito, o no habiéndose agotado dicho crédito, hasta que no proceda la declaración de más empresas y personas autónomas beneficiarias y, en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2024.