Beatriz Calzada, de pie, con el resto del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, a quien se dirige el escrito para que se le abra expediente a la jefa de Recursos Humanos. / AH
Beatriz Calzada, de pie, con el resto del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, a quien se dirige el escrito para que se le abra expediente a la jefa de Recursos Humanos. / AH

Advierten a Calzada de prevaricación por mantener a la jefa de personal condenada por acoso laboral

La víctima recuerda a la presidenta y a su Consejo de Administración que existe una sentencia firme desde enero de 2023 | Reclama la apertura urgente de un expediente sancionador y avisa de que la inacción podría tener consecuencias legales

Una antigua empleada de la Autoridad Portuaria de Las Palmas (APLP) ha presentado un escrito en el que advierte a la institución de incurrir en responsabilidades penales si no le abre un expediente disciplinario a la responsable de Recursos Humanos, Carmen Gloria Rodríguez.

Se trata de una reclamación previa a la vía judicial dirigida a presidenta de la APLP, Beatriz Calzada, a quien urge la apertura del expediente y el cumplimiento de una sentencia dictada el 12 de enero de 2023 por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Hostilidad 

La resolución judicial es firme y afecta a la gestión del presidente anterior, Luis Ibarra, pero Calzada le sustituyó en agosto de 2023 y el plazo para incoar el expediente está próximo a su fecha de caducidad. De ahí el escrito remitido a la APLP, cuyo director general es Francisco Trujillo, el mismo que con Ibarra.

La sentencia considera acreditada la existencia de acoso laboral y condena al puerto a resarcir a la víctima con 75.000 euros por los daños morales causados. Los hechos probados describen una conducta "sostenida y hostil" de marginación, traslados injustificados y ausencia de ocupación efectiva.

Puerto de Las Palmas (Canarias). / PIXABAY
Puerto de Las Palmas (Canarias). / PIXABAY

El escrito enfatiza que la sentencia identifica nominalmente a los responsables de las conductas acosadoras. Por eso pide que se tomen medidas contra Carmen Gloria Rodríguez, que continúa en el mismo puesto.

Inacción

El abogado de la afectada cuestiona la "inacción y tolerancia" de Calzada "por no haber adoptado ninguna medida legal en los "dos años y nueves meses" desde la sentencia, manteniendo y ascendiendo a la jefa de Recursos Humanos a pesar de la condena.

El acoso laboral está tipificado como falta muy grave en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), y el plazo de prescripción para estas sanciones es de tres años. Por lo tanto, la obligación legal de incoar el expediente disciplinario se mantiene hasta el 12 de enero de 2026. El incumplimiento de este deber legal podría derivar en "graves consecuencias jurídicas", incluso en responsabilidad penal por prevaricación por omisión, tanto para la Presidencia como para el Consejo de Administración de la APLP.

Amistad e imparcialidad

El escrito presentado, además de la apertura inmediata y urgente del expediente disciplinario, exige como medida cautelar la suspensión de funciones con efectos de empleo y sueldo; que la instrucción la lleve un órgano externo para garantizar la objetividad e imparcialidad, y que se abstenga el director de la APLP por "amistad manifiesta" con la responsable de Recursos Humanos.

Asimismo se solicita una explicación por los años de inactividad y que los hechos se pongan en conocimiento del Consejo de Administración y de las organizaciones sindicales (CC.OO. y UGT).