Ayudas a la adquisición de vehículos eléctricos en La Gomera: estas son las cuantías

El presupuesto total es de dos millones de euros y tiene un plazo de presentación desde el día 26 de diciembre hasta el próximo 24 de enero

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Vehículo eléctrico cargando en una calle. / Pixabay
Vehículo eléctrico cargando en una calle. / Pixabay

El Cabildo de La Gomera ha abierto este martes el plazo para acogerse a las ayudas destinadas a adquirir vehículos eléctricos. El Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP) publicaba este martes el extracto del acuerdo del consejo de Gobierno por el que se convocan dichas subvenciones.

Según ha detallado el propio Cabildo gomero, se trata de la primera vez que se activa una medida de este tipo dentro de los objetivos del Plan Insular de Movilidad Sostenible. El fin es impulsar la transformación del parque de vehículos de la isla que utilizan combustibles fósiles hacia aquellos con energías alternativas como es el vehículo eléctrico, así como el desarrollo de infraestructuras de recarga. 

De la convocatoria, se que rige por las bases reguladoras especificas publicadas el pasado 20 de diciembre, pueden beneficiarse las personas físicas que no desarrollan actividad económica pyme y personas físicas que desarrollen actividad económica. El presupuesto total es de 2.000.000 euros, y tiene un plazo de presentación desde el día 26 de diciembre hasta el próximo 24 de enero.

Tres líneas de subvención

Habrá tres líneas de subvención con distintas cuantías. Primero, la cuantía máxima para la adquisición de vehículos nuevos 100% eléctricos propulsado únicamente con motor eléctrico y con y con almacenamiento de energía mediante baterías, así como, para las bicicletas eléctricas son los siguientes: Hasta 12.000 € por vehículo turismo, furgoneta o camiones ligeros (categorías M1 y N1); hasta 3.000 € por motocicleta (categoría L3e) y hasta 1.200 € por bicicleta eléctrica. 

En segundo lugar, la adquisición de vehículos híbridos o eléctricos destinada a los profesionales del transporte de viajeros por carretera. La cuantía máxima para la adquisición de vehículos en la categoría M1, M2 y M3, son hasta 10.000 euros por vehículo turismo que tenga además, del asiento del conductor, ocho plazas como máximo (categoría M1), así como hasta 30.000 euros por vehículos de transporte discrecional de viajeros que tenga, además del asiento del conductor, más de ocho plazas sentadas (categoría M2 y M3). Tanto en la primera línea como en esta, las ayudas no podrán superar el 40% del precio final de compra del mismo.

En cuanto a la línea 3, que es el desarrollo de infraestructuras para la recarga de vehículos, en la instalación de punto de recarga para garajes de flotas de vehículos será hasta el 50% del coste subvencionable con un máximo de 1.500 euros por instalación. En cuanto a la instalación de puntos de recarga en plazas de aparcamiento de viviendas unifamiliares de uso privado, será hasta el 60%, con un coste máximo de 700 € por instalación. Mientras, para la instalación de puntos de recarga en garaje comunitario, de uso privado en edificio de viviendas, hasta el 60%, con un coste máximo de 1.500 € por instalación.

Beneficiarios 

Podrán ser beneficiarios de esta subvención las empresas y cualquier persona física o jurídica que cumplan con los requisitos previstos en las presentes bases. En particular las personas físicas --particulares-- deberán acreditar tener su residencia habitual en la Isla de La Gomera durante al menos, un año de antelación a la fecha de publicación de la presente convocatoria, o en su caso, a la fecha de adquisición del vehículo objeto de ayuda si esta se hubiese producido antes de dicha publicación.

Por su parte, las empresas personas físicas --autónomos-- y personas jurídicas, deberán acreditar tener establecido su domicilio social y fiscal en la Isla de La Gomera así como haber iniciado su actividad económica al menos con un año de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria o, en su caso, en la fecha de adquisición del vehículo que recibe la ayuda si esta se hubiera producido antes de dicha publicación.

El beneficiario es aquel que consta como titular de la matriculación registrada en el Registro Oficial de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, sin haberse realizado transferencias previas de la titularidad del mismo. De hecho, los beneficiarios de las subvenciones deberán mantener la titularidad del vehículo durante un periodo mínimo de cinco años desde el momento de la concesión de la subvención, durante los cuales deberá estar matriculado e inscrito en el censo de cualquiera de los municipios de la isla de La Gomera.