Héctor de Armas, durante el juicio celebrado contra Seguridad Integral Canaria. / EFE - ELVIRA URQUIJO
Héctor de Armas, durante el juicio celebrado contra Seguridad Integral Canaria. / EFE - ELVIRA URQUIJO

Fraude en Seguridad Integral Canaria: Condenado el exadministrador por quedarse con el dinero de los bancos

La sentencia impone a Héctor de Armas un año y seis meses de cárcel por apropiación indebida. Debe devolver 83.000 euros a seis entidades financieras. Cabe recurso ante el TSJC

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La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado al exadministrador único de Seguridad Integral Canaria SA por quedarse con los fondos de los que custodiaba. La Sección Sexta impone a Héctor de Armas Torrent un año y seis meses de cárcel por un delito continuado de apropiación indebida en su modalidad agravada.

El fallo también castiga al empresario una multa de 1.260 euros (siete meses con una cuota diaria de seis euros) y el pago de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares.

De Armas deberá devolver un total de 83.000 euros en concepto de responsabilidad civil, cantidad que se corresponde con el dinero de las entidades financieras perjudicadas. Son 30.120,7 euros para CaixaBank; 24.900 euros para el BBVA; 11.553,6 euros para el Santander; 8.200,4 euros para Bankinter; 5.137,7 euros para Caja Siete, y 3.087,6 euros para Banco de Crédito Social Corporativo. Seguridad Integral es responsable subsidiaria.

La sentencia, que es susceptible de recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), absuelve a las compañías de seguros Caser y Mapfre de pagar indemnización alguna, al dictaminar que las pólizas contratadas no cubrían el desvío de dinero por actos delictivos o internos de la propia empresa.

Hechos probados

Las magistradas Eugenia Cabello (ponente), Oscarina Naranjo y Javier García-Sotoca consideran acreditado que Héctor de Armas aprovechó su cargo para dar órdenes directas en siete ocasiones distintas al personal de las cámaras acorazadas de la empresa. Ocurrió entre el 29 de enero de 2018 y el 26 de junio de 2018 y su objetivo era que le entregasen dinero en efectivo bajo la firma de un resguardo o albarán.

A través de esta operativa, recibió la suma total de 83.000 euros. Este dinero procedía directamente de los fondos que los bancos tenían depositados en la sede de Seguridad Integral Canaria para su custodia y transporte.

El acusado actuó sin el conocimiento ni el consentimiento de las entidades bancarias, dispuso del efectivo libremente y no lo devolvió pesa a los múltiples requerimientos internos que le hicieron sus propios empleados.

Cronología

El tribunal destaca que la situación legal e interna de Seguridad Integral Canaria resulta clave para entender el contexto en el que se cometió el delito. De Armas fue designado administrador único de Seguridad Integral el 4 de octubre de 2016. Dos años después, el 3 de enero de 2018, debido a una grave situación financiera, el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas declara a la empresa en concurso voluntario de acreedores, y ocho días después es nombrado Juan Carlos Santos Borja administrador concursal de la compañía.

A partir de este momento, cualquier movimiento de fondos de la sociedad requería obligatoriamente la firma conjunta del administrador concursal y del administrador social. Entre enero y junio de 2018, solo unos días después de entrar en concurso, De Armas inicia la sustracción sistemática de los 83.000 euros directamente de las cámaras de seguridad.

La sentencia aclara que el acusado se apartó temporalmente de la compañía al sufrir un infarto en octubre de 2018. La jefa de Cámara y el responsable de Operaciones denunciaron la falte de dinero a la Dirección Financiera de la empresa en 2019. Poco después se formaliza la venta de la "unidad productiva" a la multinacional Loomis Spain, S.A., momento en el que se destapa el descuadre masivo en los fondos custodiados.

Argumentos de la defensa

El tribunal rechaza que los hechos respondan a una administración desleal porque el dinero sustraído no pertenecía a la empresa controlada por el acusado, sino que era propiedad exclusiva de los bancos.

De Armas alegó en el juicio que pidió ese dinero al departamento financiero "para salvar la empresa y pagar salarios". Sin embargo, los jueces argumentan que la entidad ya estaba en concurso de acreedores. Si de verdad hubiese sido dinero social para pagar nóminas, necesitaba la firma y autorización expresa del administrador concursal, a quien ocultó por completo estas operaciones.

Además, los 83.000 euros se extrajeron directamente de la cámara acorazada de los clientes.

Dilaciones indebidas

Los magistrados rebajan sensiblemente la petición inicial de la Fiscalía, que solicitaba tres años y medio de cárcel. Aplican la atenuante de dilaciones indebidas, dado que el proceso judicial comenzó a principios de 2019 y ha tardado más de siete años en resolverse. Al no tener antecedentes penales el acusado, la horquilla de la pena se fijó en su mitad inferior.

El tribunal rechaza los intentos de la defensa de anular el proceso por irregularidades: tanto la jefa de Cámara como el responsable de Operaciones tenían un interés legítimo en denunciar, pues eran los custodios físicos de los millones de euros de los bancos y corrían el riesgo de ser culpados si no hacían saltar las alarmas ante los desvíos que ordenaba su propio jefe.

Sus testimonios, junto con los vales firmados a mano por el acusado, fueron las principales pruebas de cargo.