El Gobierno exime de evaluación ambiental a las obras que respondan a la emergencia habitacional

Ninguna de las actuaciones que se realicen para aportar nuevas viviendas en base a la emergencia habitacional tendrán que someterse al procedimiento ambiental

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Obras en construcción. / EFE
Obras en construcción. / EFE

Ni la construcción de viviendas públicas, ni el aumento de la edificabilidad, ni ninguna de las medidas recogidas en el decreto de medidas urgentes en materia de vivienda estarán sujetas al trámite de evaluación ambiental. Se trata de un procedimiento que analiza las afecciones al medioambiente de las obras, pero que no se tendrá en cuenta en aquellas actuaciones relacionadas con la emergencia habitacional. 

El decreto se aprobó este lunes en el Consejo de Gobierno y se ha publicado este martes. En él se recogen varias medidas que responden al problema de la vivienda como el cambio de uso de locales y oficinas para su uso residencial, el aumento de la edificabilidad de los edificios hasta que aumenten el máximo permitido o la división de las viviendas actuales, a fin de ejecutar nuevas propuestas que pongan en el mercado viviendas. 

Rapidez en los trámites

Todas estas medidas recogidas en el decreto estarán exentas de someterse a la evaluación ambiental “por las circunstancias excepcionales que las justifican y por tratarse de actuaciones de escasa dimensión e impacto sujetas a licencia”. Esto se da especialmente en los proyectos de construcción de viviendas “aun cuando requieran de obras de urbanización”, recoge el decreto. 

Todo se da en base a la agilización de los procesos para la creación de nuevas viviendas que respondan a la emergencia habitacional en Canarias. De hecho, el decreto declara la urgencia de los trámites y los procedimientos administrativos necesarios para llevar a cabo las actuaciones. Esto incluye, la reducción a la mitad de todos los plazos, tanto de emisión de informes, autorizaciones o de resoluciones.