Puertos del Estado confirma que puede prorrogar diez años el centro comercial El Muelle

De progresar, el centro comercial El Muelle pasaría a tener un horizonte de actividad de 2033 (vencimiento actual) al año 2043

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Panorámica del centro comercial El Muelle / AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS
Panorámica del centro comercial El Muelle / AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS

Puertos del Estado ha informado favorablemente a la aplicación del artículo 82.2b del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (TRLPEMM) en la solicitud de prórroga del plazo concesional de diez años presentada por Divarian Propiedad SA para el centro comercial El Muelle. El informe de Puertos del Estado, que confirma la viabilidad de la aplicación de dicho artículo, reactiva el procedimiento en la Autoridad Portuaria de Las Palmas (APLP). Este proceso culminará con la previa superación de las fases de tramitación previstas en la ley como la información pública del proyecto y el sometimiento al Consejo de Administración de la Autoridad. 

De progresar la solicitud presentada por Divarian Propiedad SA, el centro comercial El Muelle pasaría a tener un horizonte de actividad de 2033 (vencimiento actual) al año 2043.

El artículo 82 del TRLPEMM, referido a ‘Plazo de las concesiones’, recoge en su apartado 2b: “Cuando en el título de otorgamiento no se haya previsto la posibilidad de prórroga, pero el concesionario lleve a cabo una inversión relevante no prevista inicialmente en la concesión y que haya sido autorizada por la Autoridad Portuaria, tanto en la concesión como, en su caso, en la concesión modificada por ampliación de su superficie siempre que formen una unidad de explotación y que, a juicio de la Autoridad Portuaria, sea de interés para mejorar la productividad, la eficiencia energética o la calidad ambiental de las operaciones portuarias, o suponga la introducción de nuevas tecnologías o procesos que incrementen su competitividad y que, en todo caso, sea superior al 20 por ciento del valor actualizado de la inversión inicialmente prevista en el título concesional, el plazo de vencimiento podrá ser prorrogado, no pudiendo superar en total el plazo máximo de 50 años. La prórroga de la concesión determinará la modificación de las condiciones de la misma, que deberán ser aceptadas por el concesionario con anterioridad a la resolución de otorgamiento de la prórroga”.