Foto de archivo de un completo de apartamentos en Maspalomas (Gran Canaria), sin relación con el litigio. EFE/Elvira Urquijo Á
Foto de archivo de un completo de apartamentos en Maspalomas (Gran Canaria), sin relación con el litigio. EFE/Elvira Urquijo Á

El Supremo revisará la legalidad del modelo de explotación en apartamentos turísticos de Canarias

La revisión parte del caso de un propietario y podría afectar a miles en todos los complejos turísticos del archipiélago, que desean comercializar su vivienda vacacional por cuenta privada

A.M.

El Tribunal Supremo ha decidido estudiar si el principio de unidad de explotación que establece la legislación turística de Canarias para los complejos de apartamentos se ajusta al marco europeo o supone una vulneración de la directiva comunitaria sobre servicios.

La decisión se toma a raíz del recurso presentado por un propietario que pretende comercializar por su cuenta su vivienda vacacional dentro de un complejo turístico.

Potencial repercusión 

Este caso, que ya fue desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), podría tener implicaciones para numerosos propietarios en Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote y Fuerteventura, según ha destacado la Plataforma de afectados por la Ley Turística.

El Supremo fundamenta la admisión del recurso en el interés casacional del asunto, al considerar que tiene “potencialidad para afectar a un gran número de situaciones”, por lo que resulta procedente su revisión, de acuerdo con el auto emitido por la Sala.

Modelo de la normativa

La normativa vigente, recogida en la Ley 7/1995 de Ordenación del Turismo de Canarias, obliga a que todos los apartamentos turísticos de un mismo complejo sean gestionados por un único operador.

Este modelo, conocido como principio de unidad de explotación, ha generado durante años un conflicto con propietarios que reivindican su derecho a comercializar sus viviendas de manera independiente a través de plataformas de alquiler vacacional.

Celebración de los afectados

La Plataforma de afectados celebra que, tres décadas después de su aprobación, el Supremo vaya a analizar si esta exigencia está justificada. La organización plantea que puede tratarse de una limitación injustificada a la libre prestación de servicios turísticos en la Unión Europea.

Para este colectivo, que asegura haber acompañado a muchos propietarios “contra viento y marea”, la admisión del recurso supone “un triunfo” porque abre la puerta a cuestionar un principio que, en su opinión, ha funcionado “como un caballo de Troya” contra los legítimos dueños de apartamentos y bungalows turísticos en el archipiélago.