El Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado sentencia absolutoria a favor del empresario Vicente Boluda Fos, administrador único de la entidad Remolcadores y Barcazas de Las Palmas SA (REBAPA). El naviero y armador se enfrentaba a un delito de acusación o denuncia falsa contra el jefe de los servicios jurídicos de Puertos del Estado, que se querelló contra él pro el conflicto de los remolcadores en el Puerto de Las Palmas.
La pugna por el remolque
La causa penal ahora resuelta tiene su origen en una querella previa interpuesta por la empresa de Boluda en junio de 2020 contra el jefe de la asesoría jurídica de Puertos del Estado y otros altos cargos de este organismo y de la Autoridad Portuaria de Las Palmas.
En aquel entonces, REBAPA acusaba al funcionario de maniobrar para favorecer la entrada en el Puerto de Las Palmas de una empresa competidora, Odiel Towage, mediante la emisión de informes que permitían otorgar licencias sin tener aprobados los Pliegos de Prescripciones Particulares (PPP) actualizados.
Aquella querella inicial fue sobreseída provisionalmente en 2021 por falta de indicios de criminalidad. Tras ese archivo, el funcionario afectado denunció a Boluda, alegando que el naviero sabía que las acusaciones de prevaricación y malversación eran falsas.
Argumentos de la sentencia
La sentencia, con fecha de este 20 de marzo de 2026, fundamenta la absolución en la falta de acreditación del "elemento subjetivo" del delito. Según la magistrada, existe una duda razonable que motiva la absolución del empresario.
Y es que no se ha podido probar más allá de toda duda razonable que el acusado tuviera intención delictiva o conciencia de que los hechos denunciados eran falsos.
La juez destaca también que Boluda y su equipo legal desconocían notas de servicio interno que explicaban por qué se emitieron ciertos informes, lo que hizo que las actuaciones de la Autoridad Portuaria de Las Palmas les parecieran "sospechosas" y en perjuicio de sus intereses.
La resolución subraya que existía una situación de conflicto evidente, marcada por un retraso de más de 8 años en la aprobación de los nuevos pliegos de remolque.
Respaldo de la vía contenciosa
Un punto clave en la defensa de Boluda fue la mención a una sentencia de octubre de 2025 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que declaró nulo por ser contrario a derecho el acuerdo que otorgó la licencia a Odiel Towage. Este hecho reforzó la tesis de la defensa de que REBAPA no actuaba con malicia, sino ejerciendo sus acciones en defensa de lo que consideraba irregularidades administrativas manifiestas.
El tribunal ha decretado la absolución de Vicente Boluda y ha declarado las costas procesales de oficio, tal y como pidió el fiscal César Casorrán en el juicio.
La acusación particular solicitaba inicialmente una pena de dos años de prisión y una indemnización de 25.000 euros por daños morales. Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.