La constitución de la Asociación Atlántica de Empresas Portuarias, Náuticas, Industriales y de Ingeniería de Canarias (Atlantican) no solo es un movimiento en el tablero de las patronales del archipiélago: su diseño organizativo está pensado para ejercer como un verdadero grupo de presión e interlocución institucional ante las Administraciones.
Un examen detallado de sus estatutos revela los objetivos estratégicos, la estructura de poder y las reglas de juego con las que el Grupo Hidramar y sus aliados buscan articular la voz de la industria pesada en los puertos de las islas.
Vigilancia de las concesiones
Lejos de limitarse a una mera asociación representativa, los estatutos de Atlantican le otorgan plenas facultades para intervenir en el día a día económico y normativo de las islas. Entre sus fines prioritarios destaca la participación activa en el diálogo social, la concertación institucional y la negociación colectiva laboral, lo que capacita a la patronal para negociar convenios del sector o intervenir en conflictos colectivos de trabajo.
Al mismo tiempo, la organización fija su diana en la vigilancia regulatoria de los puertos. La patronal nace con el encargo de vigilar que la aplicación de la normativa sobre licitaciones públicas, autorizaciones y, muy especialmente, la concesión de espacios e infraestructuras portuarias se realice sin discriminación y respetando la libre competencia.
A ello se suma la ambición de captar fondos europeos y proyectos nacionales de I+D+i para acelerar la transformación tecnológica de los astilleros e instalaciones industriales del archipiélago.
Toda la cadena de valor
En el ámbito funcional, la patronal busca abarcar todo el ecosistema de la llamada economía azul pesada. Su radio de acción integra la reparación y construcción naval (operaciones tanto en astillero cerrado como en reparaciones a flote), la ingeniería 'offshore' e industrial (instalaciones marítimas, trabajos siderometalúrgicos y calderería), los servicios técnicos y de seguridad (inspección mediante ensayos no destructivos (NDT), prevención de riesgos y seguridad marítima), y la operativa de muelle, es decir, la logística portuaria, avituallamiento, suministro de combustible (búnker) y desarrollo de infraestructuras o áreas de actividad económica asociadas a los puertos.
Control ejecutivo: voz y voto
Para evitar bloqueos en la toma de decisiones, los estatutos establecen un filtro estricto de afiliación dividido en tres categorías. Los miembros de pleno derecho solo pueden serlo las empresas, sociedades mercantiles, cooperativas o autónomos que ejerzan la actividad en Canarias y cuenten con trabajadores a su cargo. Tienen el control absoluto: disponen de voz y voto (un voto por entidad) en la Asamblea General y son los únicos que pueden elegir o integrar la Junta Directiva.
Luego están los miembros colaboradores, que son las instituciones, profesionales, universidades o centros tecnológicos. Podrán asistir a las reuniones si son invitados y tendrán voz, pero carecerán de voto y no computarán para los quórums de decisión.
La tercera categoría la integran los miembros honorarios, que son personas de reconocido prestigio que no pagan cuotas ni intervienen en la gobernanza.
Estructura y blindaje anti 'cartel'
El gobierno de la asociación se articula sobre una Junta Directiva de entre tres y nueve miembros elegidos por la Asamblea General por un periodo de cuatro años (reelegibles y sin sueldo). La junta estará encabezada por la Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría y Tesorería, y se reunirá al menos cuatro veces al año para dirigir las operaciones ordinarias de la entidad.
Conscientes de las exigencias regulatorias, los redactores de los estatutos han incluido un capítulo entero dedicado al compliance y a la defensa de la competencia. Atlantican prohíbe expresamente que sus reuniones, comités o canales internos sean utilizados para fijar precios, repartirse clientes o mercados, coordinar ofertas en licitaciones o intercambiar información comercial sensible entre competidores.
Financiación y destino del patrimonio
La asociación echa a andar con un patrimonio inicial de 0,00 euros, pero se nutrirá a través de cuotas ordinarias y extraordinarias que aprobará la Asamblea General, además de subvenciones, patrocinios e ingresos por servicios de formación o proyectos.
En línea con la legislación de entidades sin ánimo de lucro, la patronal tiene prohibido repartir beneficios o excedentes entre sus asociados. En caso de una eventual disolución —que requeriría el voto favorable de tres cuartas partes de la asamblea—, el patrimonio sobrante no volverá a los bolsillos de los promotores, sino que se donará obligatoriamente a entidades sin ánimo de lucro o patronales canarias con fines análogos.
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