Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. / ARCHIVO
Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. / ARCHIVO

Las Palmas y San Bartolomé de Tirajana compartirán listas de reserva en Recursos Humanos

El Pleno ratifica un convenio para agilizar la cobertura temporal de personal sin duplicar procesos selectivos

Atlantico Hoy

El Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha ratificado este viernes un convenio de colaboración interadministrativa con el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana para el uso compartido de listas de reserva en materia de Recursos Humanos.

Según explicó la concejala de Recursos Humanos, Esther Martín, el acuerdo permitirá mejorar la gestión del personal en ambas administraciones y garantizar la prestación continuada y eficaz de los servicios públicos, especialmente en situaciones de necesidad urgente e inaplazable de personal.

Martín subrayó que el convenio “no es una cuestión meramente técnica, sino una decisión política en defensa del sistema público”, ya que posibilita una respuesta ágil a necesidades temporales sin renunciar a los principios de igualdad, mérito y capacidad, evitando duplicar procesos selectivos y asegurando que los servicios no se resientan por falta de personal. Asimismo, destacó que la cooperación entre administraciones “refuerza lo público con lo público”, aporta seguridad jurídica y transparencia y contribuye a una administración más eficaz y coordinada.

Uso recíproco de listas de reserva

El acuerdo establece un sistema de cooperación que permite la utilización recíproca de las listas de reserva constituidas en ambos ayuntamientos, siempre con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. De este modo, ambas corporaciones podrán atender con mayor agilidad las necesidades temporales de personal funcionario interino o laboral temporal, sin crear nuevas estructuras administrativas ni generar financiación adicional.

El uso compartido de las listas no afectará a los derechos de las personas integrantes ni alterará el orden y la prioridad establecidos por la administración titular de cada lista. Los nombramientos o contrataciones se ajustarán en todo caso a la normativa vigente de la entidad que haya constituido la lista, y las personas seleccionadas percibirán las retribuciones correspondientes conforme a la normativa de la administración en la que presten servicio efectivo.

Vigencia y seguimiento

El convenio tendrá una vigencia inicial de cuatro años desde su firma y podrá prorrogarse automáticamente por periodos anuales hasta un máximo de cuatro años adicionales, siempre que se cumplan los plazos y condiciones establecidos. Además, se crea una comisión paritaria de seguimiento encargada de la interpretación, vigilancia y control del acuerdo.