Complejo Ambiental de Los Morenos, en La Palma./ ARCHIVO
Complejo Ambiental de Los Morenos, en La Palma./ ARCHIVO

El TSJC obliga a someter a evaluación ambiental dos de las obras del vertedero de Los Morenos, en La Palma

El tribunal da la razón en parte a Ben Magec y advierte al Gobierno canario y al Cabildo de que la urgencia no puede amparar “déficits de planificación” en un proyecto que era previsible

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AtlanticoHoy / EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado la razón en parte a la federación ecologista Ben Magec y obliga a someter a evaluación de impacto ambiental dos de las tres obras previstas en el complejo ambiental de Los Morenos, en La Palma. Se trata de la mejora de la planta de clasificación, prensa y rechazos y del proyecto de la planta de lixiviados. La tercera obra, la nueva celda de transición, sí podrá seguir sin esa evaluación.

Los ecologistas recurrieron un decreto de 2023 de la Consejería de Transición Ecológica del Gobierno de Canarias que eximía de la evaluación ambiental las tres actuaciones, promovidas por el Cabildo de La Palma, y fijaba en su lugar otras medidas ambientales. A juicio de Ben Magec, el Ejecutivo utilizó “indebidamente una vía excepcional”, amparándose en que las obras eran urgentes.

El tribunal coincide en lo esencial: “La excepción no puede convertirse en una vía ordinaria de sustitución de la evaluación ambiental, ni puede amparar retrasos o déficits de planificación administrativa cuando el proyecto era objetivamente previsible”.

Un vertedero al límite

La urgencia se debía a que los vasos del vertedero se estaban llenando, lo que obligaba a ampliar el complejo y los ecologistas recuerdan que esa necesidad se conocía desde 2018.

El Gobierno de Canarias alegó ante el TSJC un riesgo para la salud pública y el medio ambiente que exigía actuar de inmediato y admitió que la evaluación era necesaria, defendiendo que la emergencia justificaba saltársela.

El Cabildo palmero, codemandado, negó cualquier “pasividad o negligencia” y atribuyó los retrasos a factores técnicos, administrativos y sobrevenidos, como la COVID-19 y la erupción volcánica de 2021.

Según los argumentos de la defensa, entre abril y junio de 2022 la situación ya era “crítica”, y al ritmo de vertidos de entonces el límite se situaba a principios de 2023. En julio de 2022, con la vuelta de la población a sus casas tras la erupción, se hablaba ya de “amenaza inminente de daño ambiental”.

Obra por obra

Para la Sala, “la existencia de una situación crítica no basta por sí sola” y se tiene que justificar por qué la evaluación ambiental impediría o perjudicaría la finalidad del proyecto, y hacerlo de forma individual para cada actuación.

El tribunal recuerda que una administración no queda liberada de planificar por una emergencia, pero tampoco ignora que se trata de un servicio esencial para la isla, “con riesgo de vertidos incontrolados, afecciones ambientales y condiciones de insalubridad”.

El tribunal reconoce que hay que dar salida a las 28.000 toneladas anuales de residuos que van al vertedero, con riesgo de contaminar el suelo, las aguas y la atmósfera. Por eso considera justificado eximir de la evaluación la nueva celda de transición, pero no la planta de clasificación, prensa y rechazos ni la de lixiviados.

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