Club Charco de la Arena: 2 años sin ejecutar su demolición desde que renunció a suspenderla en 2021

La Fiscalía ha archivado una denuncia para llevar el caso por vía penal, pero indica que no hay ningún impedimento legal que evite la orden de demolición de 2018 en este club de Punta del Hidalgo

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Club Charco de la Arena./ ATAN
Club Charco de la Arena./ ATAN

El caso del Club Charco de la Arena es uno de esos casos turbios de concesiones otorgadas durante el franquismo en las que, a lo largo de los años, se encadenan las irregularidades pero nadie sabe nunca por qué las sanciones no se ejecutan.

En 1964, el régimen franquista otorgó una concesión a Sergio González Machado, ilustre ingeniero de la época, para ocupar el dominio público marítimo-terrestre en el que estaba el Charco de la Arena y construir una piscina natural y un restaurante asociado. Esta concesión preveía la ocupación de 810 metros cuadrados, pero enseguida el club privado que se constituyó comenzó a extralimitarse, ocupando finalmente 7.170 metros cuadrados, nueve veces más de lo permitido, y realizando a lo largo de los años obras que no estaban previstas en su concesión, que originalmente se proyectó para 99 años.

Cronograma detallado

La Fiscalía ha estado investigando el caso recientemente debido a una denuncia presentada en febrero de 2023 contra el club -que se explicará más adelante en este artículo- y, aunque ha decidido archivarla porque no aprecia indicios de delito en el caso, el escrito del fiscal es muy esclarecedor respecto a la sucesión de los hechos desde 1964 hasta el presente y la cantidad de incongruencias e irregularidades que han ocurrido a lo largo de los años. Atlántico Hoy ha tenido acceso a ese escrito de la Fiscalía.

Este deja constancia de que, desde el comienzo de la explotación, se advirtieron "incumplimientos flagrantes" en la utilización concedida, "tal y como se puso de relieve en el acta de reconocimiento de las obras realizar el 10 de junio de 1967", en la que se advertía que las obras construidas en su totalidad "no se adaptaban a los proyectos presentados en la solicitud de concesión".

En consecuencia, el 31 de octubre de 1967 se realizó un informe para denegar la aprobación del acta de reconocimiento de las obras y se ordenó a la Jefatura Provincial de Costas de Canarias que iniciase un expediente de caducidad de la concesión, pero este procedimiento nunca se resolvió sin quedar claro por qué.

Primera orden de desmantelamiento en 1990

Décadas después, en mayo de 1990, el Servicio Provincial de Costas de Tenerife advirtió un cambio de titularidad no comunicado a la administración en favor del club Charco de la Arena y, por tanto, no autorizada, ya que "iba contra lo dispuesto en la Ley de Costas".

En noviembre de ese mismo año, el Servicio Provincial de Costas en Canarias propuso que se denegara la legalización de la ampliación de la concesión otorgada y se "desmantelaran todas las instalaciones no recogidas en la concesión rehabilitada".

Según Costas, las instalaciones a ilegalizar "tenían una antigüedad de 26 años y, conforme al reglamento General de Costas vigente en ese momento, el plazo máximo para ese tipo de instalaciones era de 15 años". El procedimiento para la denegación de la autorización tampoco se concluyó, de nuevo sin saber por qué.

Obras ilegales

A finales de 1992, la Dirección General de Costas se dirigió al Servicio de Costas de Tenerife para advertirle del "exceso de ocupación de la concesión original" y señalarle que del expediente se deducía que "existían obras no autorizadas en dominio público marítimo terrestre" que, según la Ley de Costas, constituían una "infracción muy grave".

Hubo tantos incumplimientos reiterado que afectaban al título habilitante otorgado en 1964 que se llegó a la conclusión de que el plazo máximo para el otorgamiento de concesiones en dominio público marítimo terrestre que se establecería en 30 años, en lugar de 99. En consecuencia, la concesión finalizó el 29 de julio de 2018. Así, la historia llega a nuestros días y continúa registrando incumplimientos sin respuesta.

Transición ecológica ordena la demolición

El club pidió en marzo de 2018 que se le prorrogase la concesión, pero el Ministerio de Transición ecológica se lo denegó y le recordó lo dispuesto en la condición número 35 del texto de la concesión original otorgada en 1964, que decía que "terminado el plazo de concesión se revertirán al dominio público estatal los terrenos, obras e instalaciones objeto de la concesión, estando obligado el concesionario, a sus expensas, a la demolición y retirada de dichas obras e instalaciones, parcial o totalmente, incluso con reposición del terreno a su estado en el plazo que se señale y sin derecho a indemnización alguna excepto que se declare que, dado que se mantiene el interés público de las obras instalaciones, procede su mantenimiento para continuar la explotación en la forma que se determine".

Tras esto, el Ministerio ordenó al Servicio Provincial de Costas el levantamiento del acta de "reversión de la ocupación de dominio público marítimo terrestre". La Fiscalía deja constancia en su escrito de que "no consta que se llevara efecto el cumplimiento de la referida resolución", de nuevo sin saber por qué.

Nada impide legalmente demoler las instalaciones

La Sociedad Recreativa Piscina del Charco de la Arena presentó entonces un recurso ante la Audiencia Nacional, pero el 20 de mayo de 2021 desistió de ejecutar la solicitud de medida cautelar efectuada en el escrito interposición para que no se demoliesen las instalaciones, por lo que, según asegura la Fiscalía, "no hay a día de hoy ningún auto judicial suspensivo que impida llevar a término el cumplimiento de la resolución del 8 de marzo de 2018"  que obliga a demoler el club.

Con todo, la Fiscalía había investigado este caso y realizado el detallado informe que ha explicado Atlántico Hoy en los anteriores párrafos debido a una denuncia que, como se ha mencionado anteriormente, había sido interpuesta en febrero de 2023 contra el club por no haber procedido a la demolición.

En el escrito, queda constatado que no se aprecia que los hechos denunciados constituyan un posible delito contra la ordenación del territorio tipificado en el código penal, dado que se trata de obras menores. Por eso, la Fiscalía archivado la denuncia e indica que tiene que ser la vía administrativa la que se asegure de la ejecución de la demolición y retirada de las obras.

¿Qué hará Costas?

Atlántico Hoy ha enviado a Costas, competencia recientemente transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias, si tiene constancia de que el Club Charco de la Arena está operando sin concesión desde 2018 y con una orden ejecutable de demolición y, en caso afirmativo, qué impide la mencionada demolición, que puede ejecutarse sin ningún impedimento legal desde 2021.

Es importante resaltar que la Comunidad Autónoma de Canarias no es responsable de ninguno de los incumplimientos de Costas descritos en el texto, dado que cuando se produjeron la competencia era del Gobierno Central.

En cualquier caso, la actual dirección de Costas, ya en manos canarias, ha indicado a este medio que tardará en localizar el expediente porque el proceso de traspaso competencial está obligando a revisar cada caso para ver si sigue tramitándose desde la región o el Estado. No obstante, Costas señala que, aunque las competencias se hayan transferido, el Estado sigue siendo observador y tiene capacidad de sancionar todavía en esta materia y de continuar procesos que se abriesen antes del traspaso competencial, por lo que es probable que este sea uno de esos casos.

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